LEY FRANCESA SOBRE EL DEBER DE VIGILANCIA DE LAS

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LEY FRANCESASOBRE EL DEBER DEVIGILANCIA DE LASCASAS MATRICES YEMPRESAS CONTRATISTASPREGUNTAS FRECUENTESDÉFENDRE ET PROTÉGERLES POPULATIONS VICTIMES DE CRIMES ÉCONOMIQUESMiembros del

Es necesario controlar a las transnacionalesmediante normas de carácter vinculante. Claroestá, las empresas contribuyen a la economía,pero sus actividades también pueden dar lugar aabusos contra los derechos humanos y el medioambiente, que las iniciativas de responsabilidadsocial adoptadas voluntariamente por lasempresas no son capaces de evitar.Therminal méthanier de Dunkerque - Nicolas FournierEn los últimos años ha cobrado un importanteimpulso político la cuestión de cuáles deberíanser las obligaciones legales de las empresastransnacionales en materia de respeto de losderechos humanos y del medio ambiente,tanto entre sus filiales como en su cadena desuministro. Las iniciativas para fortalecer laregulación de las empresas transnacionales sehan multiplicado a nivel nacional, europeo einternacional1.La nueva ley francesa sobre el deber devigilancia de las casas matrices y empresascontratistas2, que entró en vigor en marzo de2017 tras un prolongado debate parlamentario,demuestra que la prevención de riesgos tantode violación de los derechos humanos como deperjuicios ambientales puede ser una obligaciónlegal para las transnacionales. Esta ley permitecomprender la complejidad jurídica de losgrupos empresariales, así como la multiplicidadde relaciones comerciales que estos puedenentablar con otros actores económicos.1Para saber más sobre iniciativas en Europa, véase el documento Facing impunity for multinationals, Europe is moving forward, publicadopor el Forum Citoyen pour la RSE (octubre de 2016): s/2016/10/Corporateimpunity-progress-in-Europe.pdf (en inglés)2Ley n.º 2017-399 de 27 de marzo de 2017, también conocida como «ley sobre el deber de vigilancia de las transnacionales». El textode la ley está disponible aquí: CFX1509096L/jo/texte2

1.¿DE QUÉ MANERA CONSTITUYE LA LEY FRANCESASOBRE EL DEBER DE VIGILANCIA DE LAS CASASMATRICES Y EMPRESAS CONTRATISTAS UNPASO IMPORTANTE EN LA PREVENCIÓN DE LASVIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOSY DEL MEDIO AMBIENTE POR PARTE DE LASTRANSNACIONALES?Con esta nueva ley, las personas que tenganinterés en actuar (asociaciones de os y, por supuesto, ciudadanos ycomunidades directamente afectadas) tendránderecho a pedir cuentas a las transnacionalescorrespondientes, que podrán ser llevadasante la justicia.La ley se basa en parte en los Principios Rectoressobre las Empresas y los Derechos Humanosde las Naciones Unidas, norma voluntariaadoptada de forma unánime en 2011 por losEstados miembros del Consejo de DerechosHumanos de la ONU. De hecho, en virtud delprimer punto de estos principios, el Estadotiene la obligación de proteger los derechoshumanos cuando estos sean incumplidos porterceras partes, incluidas las empresas. LosPrincipios Rectores especifican que «Los Estadosdeben [ ] adoptar las medidas apropiadaspara prevenir, investigar, castigar y repararesos abusos mediante políticas adecuadas,actividades de reglamentación y sometimientoa la justicia».Barrage du Linnon contaminé à l’arsenic - Simon GouinLa ley francesa sobre el deber de vigilanciade las transnacionales obliga legalmente alas casas matrices y empresas contratistas aidentificar y evitar los abusos contra los derechoshumanos y el medio ambiente resultantes nosólo de sus propias actividades, sino tambiénde las de las empresas que controlan, asícomo de las actividades de sus subcontratistasy proveedores con que mantienen relacionescomerciales establecidas. Las empresassometidas a esta legislación deberán prevenirlos riesgos de perjuicios graves a las personasy al medio ambiente mediante planes devigilancia anuales, que deberán ser públicosy adjuntarse a los informes financieros yextrafinancieros de cada año.3

El establecimiento legal de la obligación devigilancia para las empresas en materia dederechos humanos contribuirá a que, poco apoco, los riesgos para las personas y el medioambiente se sitúen por encima de los beneficiospara las empresas.Endofday atE.Garment - Martin De WalsEsta ley significa también una victoriaimportante en un contexto global en el quehasta ahora predominaban las normasvoluntarias y la autorregulación empresarial,que supuestamente deben garantizar el respetoa los derechos humanos y el medio ambientepor parte de las transnacionales. Estas medidasse han demostrado en gran medida insuficientesy han ralentizado las iniciativas encaminadasa crear marcos legales vinculantes. Esta ley,así pues, permitirá prevenir más eficazmentelos efectos negativos que puedan tener lasactividades de las empresas transnacionales.Además, también ayudará a las víctimasde daños y perjuicios a superar algunos delos obstáculos a los que se enfrentan paraacceder a la justicia y obtener reparaciones.La ley exige a las empresas que identifiquenlos principales riesgos de violaciones graves(ya estén relacionados con sus actividades,con las de su grupo empresarial o las de sussocios comerciales) y que adopten medidaspara prevenirlos y mitigarlos. Así, las víctimaspodrán apoyarse en el plan de vigilancia ysus distintos apartados para argumentar queuna determinada transnacional podría haberevitado tales perjuicios, pero no adoptó oaplicó medidas adecuadas para ello.Puits de gaz de schiste (Argentine) - Observatorio Petrolero SurEsta ley francesa es pionera en el mundo.Ninguna otra ley anterior impone a lascasas matrices y empresas contratistas unaobligación tan importante al respecto de lasactividades de su grupo de sociedades (filiales,empresas controladas) y de su cadena devalor (subcontratistas, proveedores), tanto enFrancia como en otros países. Se trata de ungran paso adelante para descorrer el « velocorporativo »,3 pues casas matrices y empresascontratistas han logrado hasta hoy eludir susresponsabilidades valiéndose de complejasestructuras jurídicas y cadenas de suministro. Asílo han demostrado casos paradigmáticos, comoel desastre de Bhopal en la India, el derramede petróleo en el delta del Níger en Nigeria,la explosión de la fábrica de AZF en Francia y,más recientemente, el derrumbamiento de lasfábricas textiles de Rana Plaza en Bangladesh.En Francia, como en casi todos los países del mundo, los «grupos empresariales» carecen de personalidad jurídica. Cada una delas empresas que lo componen es una entidad jurídicamente distinta e independiente, responsable de sus acciones. La casa matriz noes responsable de las acciones de sus filiales, aunque existan vínculos patentes económicos y de control. La autonomía jurídica de lasempresas pertenecientes a un determinado grupo constituye precisamente ese «velo» entre la matriz y sus filiales, el cual impide queaquella sea hecha responsable de los actos de estas. En la relación entre contratista y el subcontratista se da idéntico problema, pero ladefinición jurídica del vínculo es diferente.34

2.A diferencia de otras iniciativas legislativas,sectoriales o limitadas a nivel europeo o deotros países (industrias extractivas, leyesanticorrupción, trabajo infantil, etcétera), laley francesa sobre el deber de vigilancia delas transnacionales es única también porqueabarca todos los sectores de actividad y tieneun amplio ámbito de aplicación. Se incluyenaquí las «violaciones graves de los derechoshumanos y las libertades fundamentales, lasalud y la seguridad de las personas y el medioambiente».Fisherman showing effect of oil polution in local creek Goi - Marten van Dijl Milieudefensie¿CUÁLES SON EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LALEY Y LOS SECTORES DE ACTIVIDAD AFECTADOS?Puits de gaz de schiste (Argentine) - Observatorio Petrolero Sur5

3.¿QUÉ EMPRESAS DEBEN SOMETERSE A LA LEY?Al menos a cinco mil personas, ya en lacasa matriz, ya en sus filiales directas oindirectas cuya sede social esté situadaen Francia, al término de dos ejerciciosconsecutivos. Al menos a diez mil personas, ya en lacasa matriz, ya en sus filiales directaso indirectas, cuyo domicilio social estésituado bien en Francia, bien en elextranjero.Este umbral, sin duda demasiado elevado, esuna de las limitaciones de la ley: escapan aella, en efecto, algunas empresas de sectoresde alto riesgo (como el de las industriasextractivas, o de sectores que utilizan una grancantidad de mano de obra, como el textil) enlas que se originan muchas violaciones de losderechos humanos. Habría sido más apropiadoy coherente observar los umbrales establecidosen otras normas, como la Directiva europeasobre divulgación de información no financiera(que afecta a las empresas con balances demás de 20 millones de euros, un volumen denegocio de más de 40 millones de euros y másde 500 empleados).Según los datos disponibles en el momento dela promulgación de la ley, se verían afectadasunas 200 a 300 grandes transnacionalesestablecidas en Francia.6Torchage de gaz (Nigeria) - Elaine Gillingan Friends of the Earth Torchage de gaz (Nigeria) - Kadir van LohuizenLa ley es aplicable a cualquier empresaestablecida en Francia que emplee:

4.¿CUÁL ES EL ALCANCE DE LA LEY? La casa matriz4 o la empresa contratista5 Las empresas controladas directa oindirectamente por estas, como defineel artículo L 233-16 II del Códigode Comercio francés (es decir, lasempresas en las que posean, directa oindirectamente, una mayoría de accionescon derecho de voto; en las que designen,en dos ejercicios sucesivos, a la mayoríade los miembros de los órganos deadministración, dirección o supervisión;o sobre las que ejerzan una influenciapreponderante en virtud de un contrato ocláusula estatutaria).6 Subcontratistas y proveedores con losque mantengan una «relación comercialconsolidada». La ley francesa consagrael concepto de relación comercialconsolidada en el artículo L. 442-6, I,5. del Código de Comercio francés,cuya interpretación ha sido ratificadapor la jurisprudencia. Son relacionescomerciales consolidadas todo tipode relaciones profesionales regularesy estables, con o sin contrato, con undeterminado volumen de negocio y querazonablemente sostenibles en el futuro.El artículo L. 442-6, I, 5. del Códigode Comercio francés se aplica tambiéna la compraventa de productos y a laprestación de servicios. Los subcontratistasy proveedores pueden ser los de la casamatriz o los de las empresas filiales ocontroladas.Sables bitumineux (Canada) - Jiri Rezac-WWFLa ley se aplica a las actividades de:4Una casa matriz es una empresa con una o más filiales, es decir, que posee al menos el 50 % del capital de una o más sociedadesadicionales. El conjunto de estas empresas constituye un «grupo empresarial» o «grupo de empresas».Se considera que una empresa es «contratista» cuando confía a una o varias empresas, denominadas «subcontratas» o «subcontratistas»,la ejecución de una o varias operaciones relacionadas con el diseño, desarrollo, fabricación, aplicación o mantenimiento del producto.Estas operaciones se refieren a un ciclo de producción específico. El subcontratista debe cumplir con cualquier directriz o especificacióntécnica (las «especificaciones») que el contratista pueda decidir en última instancia.5El término «filiales» hubiera resultado demasiado restrictivo, ya que, con arreglo al derecho mercantil francés, una filial es una empresa enla que al menos el 50 % del capital ha sido aportado por otra sociedad denominada casa matriz, que generalmente lo gestiona, administray controla a través de una o varias personas designadas, ya sean directores o gerentes. Cuando el capital de una empresa se compone deaportaciones cuyo valor es superior al 10 % pero inferior al 50 %, se trata de una simple participación.67

5.¿QUÉ OBLIGACIONES CREA LA LEY?Los planes de vigilancia y los informes sobre suimplementación en el ejercicio anterior debenhacerse públicos y adjuntarse a los informesanuales de las empresas.De conformidad con el artículo 1 de la ley, queimplica la inclusión de un nuevo artículo (art. L.225-102-4) en el Código de Comercio francés,el plan de vigilancia debe incluir las siguientesmedidas:1. Un mapeo que permita identificar,analizar y priorizar los riesgos.4. Un mecanismo de recopilación dealertas sobre la existencia o no de riesgos,establecido en colaboración con lasorganizaciones sindicales representadasen cada empresa.5. Un sistema de seguimiento de lasmedidas implementadas y de evaluaciónde su eficacia.Un decreto del Consejo de Estado francéspodría especificar el contenido del plan ylos procedimientos para su elaboración eimplementación, pero es importante señalarque dicho decreto es opcional, por lo que la leyya se aplica, aun en ausencia del mismo.Sables bitumineux (Canada) - The ente la situación de las filiales,subcontratistas o proveedores con losque se mantiene una relación comercialconsolidada, diseñados a partir del citadomapeo de riesgos.3. Acciones adecuadas para mitigar losriesgos o evitar perjuicios graves.Sables bitumineux (Canada) - The Co-operativeLas empresas sometidas a la ley tendrán laobligación legal de elaborar, publicar y aplicarde manera efectiva un plan de vigilancia. Estedeberá incluir medidas razonables de vigilanciaencaminadas a identificar riesgos, prevenirviolaciones graves de derechos humanos ylibertades fundamentales, y proteger la saludy la seguridad de las personas y el medioambiente.8

6.¿QUÉ SANCIONES PREVÉ LA LEY?RECURSOS CONTRA LA EMPRESA ANTES DECUALQUIER PERJUICIOEl artículo 1 de la ley (es decir, el nuevoartículo L. 225-102-4 del Código de Comerciofrancés) dispone que, cuando una empresa noelabore, publique y aplique efectivamente unplan de vigilancia, cualquier parte con interésen actuar (asociaciones de derechos humanoso ecologistas, sindicatos, etcétera) podránrequerir a dicha empresa que cumpla con susobligaciones.7Si esta reincide en el incumplimiento de susobligaciones tras un plazo de tres meses a partirdel requerimiento formal, el juez podrá obligarjudicialmente a su cumplimiento, aplicandoen su caso sanciones financieras coercitivas.8El juez también decidirá sobre la gravedad dela negligencia y sobre la existencia o no de unplan de vigilancia adecuado, y garantizará elcumplimiento de las obligaciones previstas porla ley.Aunque el Consejo Constitucional francéscensuró en su decisión del 21 de marzo de2017 la multa inicialmente prevista por laley, las empresas todavía pueden incurrir ensanciones económicas coercitivas si el juez asílo dictamina.RECURSOSPARACOMPROMETERLARESPONSABILIDAD CIVIL DE LA EMPRESASegún el artículo 2 de la ley, que implica lapromulgación del artículo L. 225-102-5 delCódigo de Comercio francés, la empresapuede incurrir en responsabilidad civil encaso de incumplimiento de sus obligacionesdebido a la ausencia de un plan de vigilancia,su no publicación o su no aplicación efectiva.En caso de darse perjuicios, se podrá obligara la empresa a «compensar a la parteafectada por el perjuicio que el cumplimientode dichas obligaciones habría evitado». Enotras palabras, la empresa matriz o la empresacontratista pueden estar obligadas a pagardaños y perjuicios a las víctimas, pero soloen caso de que no exista un plan, de que seainsuficiente o de que no se haya aplicadoadecuadamente: la ley, en efecto, imponeuna obligación de medios, no de resultados.Por lo tanto, si una empresa aplica un plan devigilancia que se ajuste a los contenidos y nivelde calidad obligatorios, no asumirá ningunaresponsabilidad, aun cuando se produzca unperjuicio.También en este caso, el Consejo Constitucionalvetó la multa inicialmente prevista, aunquesu importe era bastante reducido, habidacuenta del tamaño de las empresas afectadas(representaba menos del 0,1 % de su volumende negocio). Además, dicha multa no habríaido a parar a las víctimas, sino al Estado. Lacantidad abonada a las víctimas a modode indemnización por los perjuicios puedeser mucho mayor que la multa vetada por elConsejo Constitucional.La ley, sin embargo, no elimina uno de losprincipales obstáculos a los que se enfrentan lasvíctimas que reclaman justicia. La carga de laprueba recae sobre las personas reclamantes,de manera que deben en todos los casosprobar el perjuicio, la falta cometida por laempresa y la relación causal entre dicha faltay el perjuicio sufrido. Asimismo, la falta deberáser consecuencia del incumplimiento de lasobligaciones mencionadas en el artículo 1.Dicho requerimiento toma forma de interpelación encaminada a alentar al destinatario a cumplir con sus obligaciones ante la amenazade una acción judicial.Cantidad de dinero a pagar por día, semana o mes de retraso en el cumplimiento de sus obligaciones, una vez emitida la orden judicial.789

7.¿CUÁL ES EL CALENDARIO DE APLICACIÓN DE LALEY?Los primeros planes de vigilancia han sidopublicados en 2018, al mismo tiempo que losinformes anuales sobre el ejercicio de 2017, esdecir, a lo largo del primer semestre del año.Durante el primer año, solo ha sido obligatoriopublicar un informe sobre el contenido del plany no, obviamente, sobre su aplicación.Las primeras acciones legales podránemprenderse después de la publicación delinforme del primer ejercicio inaugurado tras lapublicación de la ley (2019).Sables bitumineux (Canada) - Jiri Rezac-WWFEl 27 de marzo de 2017 se promulgó la leysobre el deber de vigilancia de las casasmatrices y empresas contratistas, que entró envigor sin retrasos.Sables bitumineux (Canada) - Jiri Rezac-WWF10

8.¿EXISTEN OTRAS INICIATIVAS EN EUROPADESTINADAS A INTEGRAR EN LA LEGISLACIÓNNACIONAL O EUROPEA EL DEBER DE VIGILANCIAEN MATERIA DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOSHUMANOS Y DEL MEDIO AMBIENTE?La legislación francesa representa la respuestamás ambiciosa hasta la fecha a las dificultadespara obligar a las transnacionales a respetarlos derechos humanos y del medio ambiente.No obstante, existen otras iniciativas legislativasa nivel europeo y nacional que demuestranla tendencia cada vez mayor a regular laresponsabilidad social de las empresas y eldeber de vigilancia en el ámbito de los derechoshumanos, y obligan a estas a tomar medidas detransparencia y prevención.En 2013, la UE adoptó el Reglamento de laMadera, que prohíbe la entrada de maderatalada ilegalmente en el mercado comunitario yexige a los comerciantes de la Unión que llevena la práctica la «diligencia debida».Este reglamento prevé, en particular, lassiguientes obligaciones y requisitos: alizaciónde madera procedente de la talailegal y de sus productos derivados. Una obligación de medios para quienescomercializan madera o productosderivados por primera vez: los agentesdeben «actuar con diligencia debida»al comercializar madera o productosderivados por primera vez en elmercado europeo, tomando todas lasprecauciones posibles para evitar lacomercialización de madera o productosderivados procedentes de la talailegal, mediante la puesta en marchade un sistema eficaz de trazabilidad. Una obligación de trazabilidad mínimapara los comerciantes, que deben sercapaces de identificar a sus proveedoresy compradores.A NIVEL COMUNITARIODe conformidad con la Directiva europea sobrela divulgación de información no financiera,8000 grandes empresas y sociedadesfinancieras de la UE están obligadas a informarsobre el impacto que causa su actividad y losriesgos que esta plantea en relación con losderechos humanos, los aspectos ambientales, lalucha contra la corrupción y diversas cuestionessociales o relacionadas con sus empleados. EstaDirectiva las obliga a informar también sobre losprocesos puestos en marcha para acotar dichoimpacto y dichos riesgos. Las empresas hancomenzado a incluir esta información en susinformes anuales para 2017. La presentaciónde información no financiera es una medidasencilla de transparencia a posteriori, adiferencia de la ley sobre el deber de vigilanciade las transnacionales, que implica medidas deprevención de daños, a priori.11

Pese a su adopción en 2013, al parecer,tanto los jueces como la administración y lasempresas tienen dificultades para aplicar estadirectiva de forma eficaz.la diligencia debida en todas sus operaciones.En caso de que una empresa controlada poruna transnacional suiza viole los derechoshumanos, esta sería considerada responsable.El Parlamento y el Consejo de la UE adoptaronel 16 de marzo de 2016 el Reglamento sobreminerales procedentes de zonas en conflicto,cuyo objetivo es garantizar que los mineralesimportados a la UE no violen los derechoshumanos y no sirvan para financiar conflictosarmados en todo el mundo. La sociedad civilpercibe esta nueva legislación como unaoportunidad perdida para la Unión Europea.De hecho, el texto, largamente debatidoen el Parlamento, la Comisión y el Consejoy que finalmente se sometió a votación enel Parlamento, es menos ambicioso que elinicialmente propuesto por los parlamentarios.9En 2016, el Reino Unido aprobó una cláusulasobre transparencia de la cadena de suministroen la «ley contra el esclavismo moderno»o Anti-Slavery Act. Dicha cláusula exige alas empresas con sede social o que realizanactividades comerciales en el Reino Unido queinformen sobre las medidas adoptadas paraprevenir la esclavitud o la trata de personas ensus cadenas de suministro.EN LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UE Y ENSUIZAEn Suiza: la iniciativa popular «Por unastransnacionales responsables» (Pour desmultinationales responsables).10En respuesta a la inacción del Gobierno y elParlamento suizos, tras el lanzamiento en 2011de una petición llamada Derecho sin fronteras(Droit sans frontières),11 que denunciaba lainsuficiencia de las medidas voluntarias de lastransnacionales para proteger los derechoshumanos y el medio ambiente, una coaliciónde 80 organizaciones civiles suizas pusoen marcha en 2015 una iniciativa popularfederal para exigir responsabilidades atransnacionales que operaban desde territoriosuizo por abusos contra los derechos humanosy el medio ambiente cometidos en el extranjero.Las obligaciones previstas se aplicarántambién a las empresas controladas porestas transnacionales y a todas las relacionescomerciales de estas, y las forzarán a ejercerEn febrero de 2017, el Parlamento de los PaísesBajos aprobó un proyecto de ley de diligenciadebida en materia de trabajo infantil. La ley,de ser aprobada por el Senado, obligará a lasempresas a determinar si en sus cadenas devalor mundiales se da el trabajo infantil y, deser así, les exigirá que desarrollen un plan deacción para combatirlo.Por último, la iniciativa Tarjeta Verde,12 lideradapor Danielle Auroi, a la sazón diputadafrancesa y presidenta de la Comisión de AsuntosEuropeos de la Asamblea Nacional, reflejala voluntad de fomentar en los parlamentosnacionales de los distintos Estados miembrosdinámicas inspiradas en la ley francesa sobre eldeber de vigilancia de las transnacionales. Enmayo de 2016, por iniciativa de la AsambleaNacionalfrancesa,ochoparlamentoseuropeos (los de Estonia, Lituania, Eslovaquiay Portugal, además de la Cámara de los Lores,la Cámara de Representantes de los PaísesBajos, el Senado de la República en Italia y laAsamblea Nacional en Francia), a los que sesumó después el Parlamento griego, pidierona la Comisión Europea que legislara paraobligar a determinadas empresas europeasa prevenir y, en su caso, a reparar gravesperjuicios a los derechos humanos y sociales yVéase islation-5781Contenido de la iniciativa ocuments/Initiative/Factsheet V F.pdf (en francés). Sitioweb de la iniciativa popular: https://corporatejustice.ch/ (en inglés)11Véase ndications/ (en francés)12La iniciativa Tarjeta Verde es un nuevo procedimiento informal: corresponde a los parlamentos nacionales de la UE proponerconjuntamente a la Comisión Europea que tome medidas en forma de iniciativas legislativas o no legislativas. La primera iniciativa TarjetaVerde fue puesta en marcha por la Cámara de los Lores en junio de 2015, cuando solicitó a la Comisión Europea que tomara medidaspara combatir el desperdicio de alimentos.91012

al ambiente causados por actividades directa oindirectamente vinculadas con dichas empresas.En una conferencia interparlamentaria quereunió a delegados de 22 países de la UE el18 de mayo de 2016 en París, parlamentariosde Alemania, Grecia, Rumanía, la RepúblicaCheca y Dinamarca acordaron una declaraciónconjunta que respalda este enfoque a niveleuropeo. A pesar de los numerosos apoyos,la Comisión Europea, a la que va dirigida lainiciativa Tarjeta Verde, no ha querido hastaahora dar pasos adelante en este asunto.garment worker bangladesh - Clean Clothes CampaignPara más información sobre los avances alrespecto en Europa, uploads/2016/10/Corporate impunityprogress-in-Europe.pdf (en inglés).Bangladesh - Atelier - Clean clothes campaign13

9.¿SE DAN PROGRESOS EN ESTAS ÁREAS A NIVELINTERNACIONAL?EL CONSEJO DE DERECHOS HUMANOSDE LAS NACIONES UNIDAS (CDHNU)ESTÁ TRABAJANDO EN LA ELABORACIÓNDE UN INSTRUMENTO INTERNACIONALVINCULANTE EN MATERIA DE VIOLACIONESDE LOS DERECHOS HUMANOS POR PARTE DEEMPRESAS TRANSNACIONALES.Algunos Estados, entre ellos Francia en sumomento, justifican su negativa a legislar anivel nacional sobre las obligaciones impuestasa las empresas en lo referido a los derechoshumanos y el ambiente alegando que, en unaeconomía globalizada, es inútil avanzar en lalegislación a nivel nacional sin existir un marcolegislativo internacional correspondiente.Este argumento queda en entredicho justamentepor la reciente propuesta de la ONU dedesarrollar un tratado vinculante sobretransnacionales y derechos humanos.Así, por iniciativa del Ecuador y Sudáfrica, elCDHNU aprobó en junio de 2014 la resolución26/9, por la que se creó un grupo de trabajointergubernamental (GTIG), el cual redactaríaun instrumento internacional jurídicamentevinculante sobre las empresas transnacionalesy otras empresas con respecto a los derechoshumanos. Pese a la oposición de la mayoríade países occidentales, en los que tienensede social la mayoría de transnacionales, laresolución fue adoptada gracias a los votos delos países del sur.Desde entonces, el GTIG ha celebrado cuatrosesiones de negociación, en julio de 2015 yoctubre de 2016, 2017 y 2018. Desde el primermomento, la UE ha multiplicado las maniobrasobstruccionistas para socavar el proceso desdedentro, mientras que otros países del norte nisiquiera participan en las negociaciones.13Explosion de la plateforme pétrolière Deepwater Horizonn - EPI2oh14

La cuarta sesión de negociaciones se celebróen Ginebra en octubre de 2018 y ha abiertouna etapa decisiva, ya que en ella se debatióun borrador cero del tratado, presentado porEcuador, que asegura la presidencia del GTIG.Las conclusiones de esta sesión prevén para2019 la organización de consultas previas ala siguiente sesión, la publicación de un textorevisado (el borrador 1) y la celebración de laquinta sesión de negociaciones. The Co-operativeLa troisième session de négociations à Genève,du 23 au 27 Octobre 2017 ouvre une étapedécisive, puisque sera discutée une premièreExplosion de la plateforme pétrolière Deepwater Horizon - Green Fire adamente movilizada en torno a estasnegociaciones. Así, participa en cada sesión denegociaciones la Alianza por el Tratado,14 quereúne a más de 1000 organizaciones de todoel mundo. Muchos de sus miembros, con estatusconsultivo ante el Consejo Económico y Socialde la ONU, hacen contribuciones escritasy orales, presentando propuestas concretasa los Estados para la elaboración de estetratado.15 Paralelamente, la Campaña Globalpara Reclamar la Soberanía de los Pueblos,Desmantelar el Poder de las Transnacionales yponer Fin a su Impunidad,16 que reúne a más de300 redes y movimientos sociales, comunidadesafectadas y organizaciones de todo el mundo(la mayoría de las cuales son también miembrosde la Alianza por el Tratado), es muy activaen la movilización de los ciudadanos y en laorganización de eventos paralelos durante lasnegociaciones, dando una voz colectiva a lasvíctimas de las violaciones perpetradas porlas transnacionales y proponiendo posiblessoluciones legales. 1713Véase el informe El vínculo entre la UE y la impunidad empresarial. La construcción del tratado vinculante de la ONU sobre empresastrasnacionales y derechos humanos (octubre de 2018) en http://www.amisdelaterre.org/IMG/pdf/ue y la impunidad empresariales final.pdf14Véase https://www.treatymovement.com/es/treaty/15Todas las contribuciones de la sociedad civil y de los Estados al contenido que debería cubrir el futuro tratado están disponibles tergubernamental16Véase https://www.stopcorporateimpunity.org/?lang es17Véase, por ejemplo, la llamada a la movilización de 2018 lanzada por la Campaña Global: geneva-bindingtreaty/?lang es15

Es necesario controlar a las transnacionalesmediante normas de carácter vinculante. Claroestá, las empresas contribuyen a la economía,pero sus actividades también pueden dar lugar aabusos contra los derechos humanos y el medioambiente, que las iniciativas de responsabilidadsocial adoptadas voluntariamente por lasempresas no son capaces de evitar.En los últimos años ha cobrado un importanteimpulso político la cuestión de cuáles deberíanser las obligaciones legales de las empresastransnacionales en materia de respeto de losderechos humanos y del medio ambiente,tanto entre sus filiales como en su cadena desuministro. Las iniciativas para fortalecer laregulación de las empresas transnacionales sehan multiplicado a nivel nacional, europeo einte

La ley se basa en parte en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, norma voluntaria adoptada de forma unánime en 2011 por los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. De hecho, en virtud del primer punto de estos principios, el Estado tiene la obligación de proteger los derechos

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