Boletín Oficial de Canarias núm. 19III. Otras ResolucionesConsejería de Educación,Universidades y Sostenibilidad433DECRETO 1/2012, de 12 de enero, por el quese aprueba el Plan de Recuperación de la yesquera de Aluce (Helichrysum alucense) y la siempreviva gigante (Limonium dendroides).Vista la necesidad de proceder a la aprobación porel Gobierno de Canarias del Plan de Recuperaciónde las especies vegetales yesquera de Aluce (Helichrysum alucense) y siempreviva gigante (Limoniumdendroides), para garantizar la supervivencia de estas especies en un estado de conservación favorabley mitigar las amenazas que inciden sobre las mismas.Resultando que dichas especies se encuentran catalogadas en la categoría de “en peligro de extinción” envirtud de la Ley 4/2010, de 4 de junio, del Catálogo Canario de Especies Protegidas y del Real Decreto 139/2011,de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y delCatálogo Español de Especies Amenazadas.Resultando que la Administración Pública de laComunidad Autónoma de Canarias, a tenor de lodispuesto en el artículo 6, apartado k), del Decreto111/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funcionesde la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de servicios forestales, vías pecuarias y pastos; protección del medio ambiente y gestión y conservación de los espacios protegidos,tiene competencia para la elaboración, tramitación yaprobación de los planes de recuperación y conservación de las especies amenazadas.Resultando que el Decreto 151/2001, de 23 de julio, que crea el Catálogo de Especies Amenazadas deCanarias, modificado por el Decreto 188/2005, de 13de septiembre, en su artículo 5, apartados 3 y 4, y lacitada Ley 4/2010, en su Disposición Adicional Tercera, regulan el procedimiento administrativo a seguir para la aprobación de los planes de recuperacióny conservación de las especies amenazadas.Resultando que el artículo 5.4.c) del referidoDecreto 151/2001, de 23 de julio, en la redaccióndada por el Decreto 188/2005, de 13 de septiembre, establece lo siguiente: “Tras el estudio y valoración de los informes y alegaciones obtenidosde la consulta institucional e información públicaboc-a-2012-019-4331437Viernes 27 de enero de 2012correspondientes se elaborará una nueva propuesta de plan que se someterá a la aprobación del Gobierno de Canarias”.Resultando que el Reglamento Orgánico de laConsejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, aprobado por Decreto 20/2004, de 2 de marzo (cuyas competencias en la materia son asumidasen la actualidad por la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad), en su artículo 5, apartado 6, atribuye al titular del Departamento proponer al Gobierno la aprobación de los planes derecuperación de especies en peligro de extinción.En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Universidades y Sostenibilidad, previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 12 de enero de 2012,D I S P O N G O:Aprobar el Plan de Recuperación de las especiesvegetales yesquera de Aluce (Helichrysum alucense) y siempreviva gigante (Limonium dendroides),que figura como anexo.La aprobación de este plan no supone gasto alguno para la Administración Pública de la ComunidadAutónoma de Canarias.Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo dereposición ante el Gobierno, en el plazo de un mesa contar desde el día siguiente al de su publicación,o bien directamente recurso contencioso-administrativo, significándose que, en el caso de interponerrecurso de reposición, no se podrá presentar recursocontencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el primero o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio deque pueda interponerse cualquier otro que se estimeprocedente.Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 12 de enero de2012.EL PRESIDENTEDEL GOBIERNO,Paulino Rivero Baute.EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD,José Miguel Pérez García.
Boletín Oficial de Canarias núm. 191438Viernes 27 de enero de 2012ANEXOPLAN DE RECUPERACIÓN DE LA YESQUERA DE ALUCE Y DE LASIEMPREVIVA GIGANTE(Helichrysum alucense y Limonium dendroides)1. ANTECEDENTES1.1FINALIDAD1.2ÁMBITO DE ACTUACIÓN1.3ALCANCE1.4CONDICIONANTES DE LA ELABORACIÓN2. CARACTERÍSTICAS DE LAS ESPECIES2.1BIOLOGÍA Y ECOLOGÍA2.2HÁBITAT3. SITUACIÓN ACTUAL3.1MARCO LEGAL Y ADMINISTRATIVO3.2PLANEAMIENTO TERRITORIAL3.3DISTRIBUCIÓN Y SITUACIÓN DE LAS POBLACIONES3.4FACTORES DE AMENAZA3.5DESTINO EN AUSENCIA DE PLAN3.6ACTITUD SOCIAL Y ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS4.OBJETIVOS5. PROGRAMA DE ACTUACIONES5.1MEDIDAS, ACTUACIONES Y PRIORIZACIÓN6. FUNCIONAMIENTO6.1ÁMBITO COMPETENCIAL6.2DIRECCIÓN, COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN6.3CALENDARIO DE ACTUACIONES7. EVALUACIÓN DE COSTES7.1EVALUACIÓN DE COSTES POR OBJETIVOS7.2EVALUACIÓN DE COSTES POR PRIORIDADES8.PARÁMETROS PARA LA EVALUACIÓN DEL PLAN9.RESUMEN10. CARTOGRAFÍA1. ANTECEDENTESLa yesquera de Aluce, Helichrysum alucense, y la siempreviva gigante, Limoniumdendroides son dos plantas endémicas exclusivas de la isla de La Gomera que estánincluidas con la categoría de “en peligro de extinción” tanto en el Catálogo Español deEspecies Amenazadas (Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero de 2011, para eldesarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y delCatálogo Español de Especies Amenazadas [BOE nº 46, de 23.2.11]), como en elboc-a-2012-019-433
Boletín Oficial de Canarias núm. 191439Viernes 27 de enero de 2012Catálogo Canario de Especies Protegidas (Ley 4/2010, de 4 de junio, del CatálogoCanario de Especies Protegidas [BOC nº 112, de 9.6.10]).La yesquera de Aluce es un pequeño arbusto que apenas alcanza los 30 cm de altura,de ramas erectas cubiertas de pelos, con hojas de color gris plateado e igualmentepelosas y flores amarillentas, lanosas en la base, que se agrupan en el ápice de lasramas jóvenes. La única población conocida ronda los 544 ejemplares según el últimocenso realizado en 2007, localizándose en los riscos costeros del Aluce entre los 225 ylos 400 m s.n.m., en el término municipal de San Sebastián de La Gomera, y dentro delos límites de la Reserva Natural Especial de Puntallana.Por su parte, la siempreviva gigante es un arbusto que llega a alcanzar los 2’5 m dealtura, densamente ramificado, con hojas lustrosas de color verde oscuro y florespequeñas de color rosáceo. La especie se distribuye en unas pocas localidades en lamitad sur de la isla. Los ejemplares conocidos se refugian en pequeños andenes,siendo observados entre los 175 y 850 m s.n.m.; su óptimo parece corresponderse conáreas potenciales de bosquetes y matorrales del termófilo Mayteno-Juniperioncanariensis, aunque también son observados en ambientes de cardonal-tabaibalKleinio-Euphorbion. De los núcleos conocidos tres se encuentran ubicados en elinterior de espacios naturales protegidos. La población global en el medio naturalsegún censos de 2009 ronda los 43 ejemplares; de ellos, 25 son naturales y 18restituidos.El principal factor con incidencia negativa sobre las poblaciones de ambas especies serelaciona con la fuerte presión ejercida por mamíferos herbívoros introducidos en LaGomera. Concretamente, los daños observados sobre los ejemplares derivaneminentemente del ramoneo y pisoteo por parte del ganado caprino y ovino. Estaspérdidas, aunque en menor medida, y en lo que atañe en particular a la yesquera deAluce, también son atribuidas a conejos y ratas.Ambas especies han sido objeto de estudio en el marco del proyecto Atlas de FloraAmenazada de España (AFA) del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural yMarino, así como en los programas de seguimiento de poblaciones de especiesamenazadas (SEGA) del Gobierno de Canarias.En lo que respecta a Limonium dendroides se encuentran depositadas semillas en elbanco de germoplasma del Jardín Botánico Viera y Clavijo. Este jardín botánico, losjardines botánicos franceses de Brest y Porquerolles, el Gobierno de Canarias y elCabildo Insular de La Gomera poseen distintas experiencias en la multiplicación ycultivo de la especie. A lo largo de los trabajos que se han acometido se han obtenidonuevos ejemplares mediante la germinación de semillas (vivero de La Laguna y JardínBotánico Canario Viera y Clavijo), también se dispone de un par de ejemplaresobtenidos a partir de experiencias de polinización cruzada manual (ConservatoireBotanique Nacional de Brest), así mismo, se han obtenido diversos clones a partir dela propagación por acodos aéreos (CBN de Brest) y el cultivo “in vitro”(CBN dePorquerolles, en Hyères); atendiendo a las experiencias del CBN de Brest, la técnicade multiplicación vegetativa con mayor éxito parece ser el acodado aéreo, mientrasque la técnica del cultivo “in vitro” obtiene unos resultados intermedios. Comoconsecuencia de algunas de las experiencias y de la propagación de material vegetal, esde destacar que existen actualmente en el vivero del Cabildo Insular de La Gomera unaserie de ejemplares procedentes de los núcleos poblacionales de Azadoe, El Palmarejo yEl Cabrito. En este vivero, las plantas han florecido y fructificado durante varios años yhan producido descendencia de manera espontánea. En lo que atañe a las experiencias,2boc-a-2012-019-433
Boletín Oficial de Canarias núm. 191440Viernes 27 de enero de 2012llevadas adelante por el personal del Cabildo, de introducción de las plantas obtenidas envivero en el medio natural, en Azadoe se realizó un reforzamiento poblacional en el quesobreviven 16 ejemplares de los 19 plantados, y en otro reforzamiento realizado en ElCabrito sobreviven dos plantas en buen estado.Llegados a este punto, el presente plan busca frenar el declive que experimentanambas especies, así como aumentar el número actual de efectivos de suspoblaciones. Para la redacción de este documento se han seguido las directricesestablecidas en la “Guía metodológica para la elaboración de planes de especiesamenazadas (Martín, 2005)”.1.1 FINALIDADEl fin general de este plan es garantizar la conservación a corto-medio plazo de lasespecies vegetales Helichrysum alucense y Limonium dendroides, de manera que sepropicie su supervivencia de forma autosustentable. En este sentido, el plan prevépromover una serie de medidas y actuaciones basadas principalmente en el aumentodel número de efectivos y la atenuación, o eliminación, de los actuales factores deamenaza que operan sobre sus poblaciones.Se considerará que los objetivos del presente plan se habrán cumplido cuando sehayan desarrollado con éxito los siguientes requisitos:a)Mediante estudios demográficos se analice el grado de estabilidad de lapoblación de Helichrysum alucense. Se hayan reducido los actuales factores deamenaza de manera que las poblaciones de ambas especies sean capaces desobrevivir por sí mismas.b) Helichrysum alucense cuente con un número mínimo de 2.000 ejemplaresreproductores en la naturaleza.c) Limonium dendroides cuente con un número mínimo de 500 ejemplaresreproductores en la naturaleza (naturales más introducidos procedentes dereintroducciones).Este número de 500 ejemplares reproductores no se corresponde con eltamaño poblacional mínimo viable, puesto que los efectivos de la especiese encuentra distribuidos en varios núcleos, por lo general ubicados a unadistancia considerable unos de otros; esto unido al reducido número deejemplares en cada uno de los enclaves motiva que el intercambio dematerial entre áreas se vea enormemente dificultado, actuando en lapráctica casi todos las localidades como poblaciones aisladas. Esta cifraglobal de 500 ejemplares se ha tomado, únicamente, como referente encuanto a número de reproductores a intentar alcanzar en el período devigencia del plan; ya que debido al estado actual de la especie seconsidera muy difícil conseguir en un quinquenio niveles superiores deefectivos. A lo largo del desarrollo del presente plan, el seguimiento de ladinámica de los distintos núcleos de la especie nos permitirá acercarnosal conocimiento del alcance del tamaño de la población mínima viable.d) Se hayan reducido los actuales factores de amenaza de manera que laspoblaciones de ambas especies sean capaces de sobrevivir por sí mismas.3boc-a-2012-019-433
Boletín Oficial de Canarias núm. 191441Viernes 27 de enero de 20121.2 ÁMBITO DE ACTUACIÓNEl marco de aplicación del presente plan será la totalidad del área de distribuciónnatural de las especies, que según la información obrante en el Banco de Datos deBiodiversidad de Canarias (2009), y mientras estudios específicos no demuestren locontrario, sería la siguiente:!Para Helichrysum alucense, las laderas orientadas al nordeste del RoqueAluce en Puntallana (barranco de La Sabina), en el término municipal deSan Sebastián de La Gomera.!En el caso de Limonium dendroides, los enclaves poblacionales localizadosen el barranco de Argaga (término municipal de Vallehermoso); ElPalmarejo, El Azadoe, barranco del Cabrito, barranco de San Antonio,laderas del pico Aragán (término municipal de San Sebastián de LaGomera); y Guarimiar y El Rumbazo (término municipal de Alajeró).Así mismo, determinados objetivos del plan se llevarán a cabo en las instalaciones delCabildo Insular de La Gomera, y/o en instalaciones de otras entidades de reconocidoprestigio con quienes esta Administración establezca conciertos de colaboración alefecto, y en bancos de germoplasma, que, en cualquier caso, designará el directortécnico del plan, que se entenderán incluidos dentro del ámbito de actuación.Excepcionalmente, el marco de aplicación del presente plan podrá ser ampliado alocalidades distintas a las inicialmente contempladas, siempre y cuando la actuaciónse encuentre debidamente motivada, y cuente con el conforme del director técnico delplan.1.3 ALCANCELas medidas previstas en el presente plan consideradas de prioridad alta tienen elcarácter de obligatorio cumplimiento; mientras que las de prioridad media puedenquedar aplazadas en su ejecución si surgiera algún imprevisto, suficientementeargumentado, durante el periodo de desarrollo del plan. Por último, las medidas deprioridad baja, al no considerarse imprescindibles para lograr los objetivosestablecidos, serán opcionales, dependiendo su aplicación de las posibilidadespresupuestarias.El periodo de vigencia del presente plan de recuperación será de cinco años a partirde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. Es por ello que todas las medidas yactuaciones previstas se han diseñado para que se desarrollen en un quinquenio.Transcurrido este tiempo se analizará la nueva situación de los taxones con el fin deesclarecer si se puede rebajar su categoría de amenaza o incluso proceder a sudescatalogación, o bien si es necesario dictar un nuevo Plan, acometiendo un nuevoprograma de actuaciones. Si ocurrieran hechos imprevisibles que así lorecomendaran, el plan de recuperación podrá someterse a revisión antes de quefinalice el período de ejecución del mismo.4boc-a-2012-019-433
Boletín Oficial de Canarias núm. 191442Viernes 27 de enero de 20121.4 CONDICIONANTES DE LA ELABORACIÓNAmbas especies, se sitúan en lugares escarpados de muy difícil acceso, lo quedetermina que las labores de conservación deban realizarse con personalespecializado. Al mismo tiempo, en lo que atañe a Limonium dendroides, el tamañopoblacional tan reducido, y la fragmentación de su población, que lleva aparejado unnúmero crítico de efectivos por núcleo, así como los problemas detectados en labiología reproductiva del taxón, han condicionado la línea de actuaciones previstas.Otro condicionante a tener en cuenta, en el desarrollo de este documento, es quealgunos núcleos de las especies a recuperar están en terrenos de propiedad privada, eincluso fuera de cualquier espacio de los recogidos en la Red Canaria de EspaciosNaturales Protegidos, lo que determina los procedimientos a seguir a la hora de actuarsobre ellas.2. CARACTERÍSTICAS DE LAS ESPECIES2.1 BIOLOGÍA Y ECOLOGÍA2.1.1 Helichrysum alucense García Casanova, Scholz & Hernández.La floración de Helichrysum alucense se produce en primavera entre los meses demarzo y abril, mientras que la fructificación tiene lugar generalmente entre mayo yjunio; se trata de una especie hermafrodita de polinización entomófila y dispersión porel viento (anemocoria). La planta produce unas 10 semillas por capítulo.2.1.2 Limonium dendroides Svent.Limonium dendroides florece en los meses de abril-mayo y fructifica en mayo-junio. Sehan realizado estudios sobre la biología floral de la especie que ha puesto de manifiestola existencia de dos morfotipos en base al tipo de estigma y polen. Cada morfotipo resultaser altamente incompatible consigo mismo de tal manera que el polen de uno de ellossolamente poliniza el estigma del otro. Por los datos disponibles se sabe que existe unadescompensación en la proporción de morfotipos (Suárez y colaboradores, 2009). Aúnasí, la autoincompatibilidad podría no presentarse en el cien por cien de la población;ya que en la naturaleza se ha observado producción de semillas en individuosaparentemente aislados. Llegados a este punto, no se descarta una posible influenciadel fenómeno de agamospermia, el cual es descrito en muchas especies triploides delgenero Limonium. Por otro lado, estos autores también señalan que algunassubpoblaciones analizadas no parecen presentar síntomas de depresión endogámica,observando, entre otras cosas, una mayor variación de aloenzimas en losdescendientes cultivados para reforzamientos, respecto a los parentales silvestres.2.2 HÁBITAT2.2.1 Helichrysum alúcense.Vive en andenes, pequeñas repisas y grietas de los riscos fonolíticos que conforman elRoque de Aluce, en su tramo inferior. La planta se localiza sobre suelos incipientes poracumulación de materia orgánica; es posible que se corresponda esta localización conuna situación de refugio. El ambiente donde se desarrolla es húmedo y salino,5boc-a-2012-019-433
Boletín Oficial de Canarias núm. 191443Viernes 27 de enero de 2012provocado por los vientos marítimos constantes del nordeste. Las precipitaciones enesta localidad se sitúan en torno a los 250 mm anuales, y las temperaturas presentanunos 20ºC de media anual. Su población queda enmarcada en el piso bioclimáticoInframediterráneo xerofítico semiárido inferior que corresponde al dominio de la serieclimatófila del cardón Euphorbietum bertheloto-canariensis S., donde participa encomunidades rupícolas de la clase Greenovio-Aeonietea, acompañada de las especiesmás xerófilas de estas formaciones, en el dominio del cardonal-tabaibal en transición alas comunidades termoesclerófilas.2.2.2 Limonium dendroides.Habitualmente se localiza en andenes, repisas y grietas orientados al este y nordeste dela mitad meridional de la isla, siempre en situaciones inaccesibles. Aún así la especie noparece presentar tendencias rupícolas o fisurícolas, prefiriendo suficiente suelo; por loque se interpreta su localización actual en riscos como una situación de refugio. Casitodos los ejemplares crecen en estratos escoriáceos o piroclásticos localizados entrecoladas basálticas. Esta situación es propicia a la existencia de afloramientos del nivelfreático que determinan la existencia de cierta humedad edáfica adicional. Lasprecipitaciones en su ámbito de distribución se sitúan en torno a los 300 -500 mmanuales, con una humedad ambiental baja, y una temperatura de 17ºC a 20ºC,presentándose los periodos estivales muy secos y soleados. Esta siempreviva tiene suóptimo en áreas potenciales de bosque termófilo Mayteno-Juniperion canariensis,aunque en ocasiones puede descender a ambientes más xerofíticos de cardonal-tabaibalKleinio-Euphorbion.3. SITUACIÓN ACTUAL1.5 MARCO LEGAL Y ADMINISTRATIVO3.1.1 Marco legal.Normativa estatal.La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad,creó, a través de su artículo 55, el Catálogo Español de Especies Amenazadas, concarácter administrativo y ámbito estatal. Esta norma señala en su artículo 56.1.a) quela inclusión de un taxón o población en la categoría de “en peligro de extinción”conllevará la adopción de un plan de recuperación, que incluya las medidas másadecuadas para el cumplimiento de los objetivos buscados y, en su caso, ladesignación de áreas críticas. Además, en el apartado 2 del artículo 56 de la citadaLey, se señala que la elaboración y aprobación de los planes de recuperacióncorresponde a las Comunidades Autónomas.Helichrysum alucense y Limonium dendroides quedan recogidas en el CatálogoEspañol de Especies Amenazadas en la categoría “en peligro de extinción” (Anexo delReal Decreto 139/2011, de 4 de febrero de 2011, para el desarrollo del Listado deEspecies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español deEspecies Amenazadas, BOE nº 46, de 23.2.11).6boc-a-2012-019-433
Boletín Oficial de Canarias núm. 191444Viernes 27 de enero de 2012Normativa autonómica.Las Comunidades Autónomas, en sus respectivos ámbitos territoriales, podránestablecer, asimismo, catálogos de especies amenazadas según lo señalado por elartículo 55.3 de la Ley 42/2007. La Comunidad Autónoma de Canarias ha creadorecientemente el Catálogo Canario de Especies Protegidas, en el que se incluyenaquellas especies, subespecies y poblaciones de la flora y fauna silvestres querequieren medidas especiales de protección, mediante la Ley 4/2010, de 4 de junio,del Catálogo Canario de Especies Protegidas, que deroga en el ámbito de laComunidad Autónoma de Canarias el Decreto 151/2001, de 23 de julio, por el que secrea el Catálogo de Especies amenazadas de Canarias, modificado por Decreto188/2005, de 13 de septiembre. Si bien mediante lo señalado en la disposicióntransitoria única de esta Ley, y en tanto no se produzca regulación específica, elcontenido y procedimiento de tramitación de los planes de recuperación de lasespecies en peligro de extinción y los planes de conservación de las especiesvulnerables será el contemplado para estas categorías en el artículo 5.2, 5.3 y 5.4 delDecreto 151/2001, modificado por Decreto 188/2005. Por su parte, la DisposiciónAdicional Tercera de la Ley 4/2010, contempla que “el plazo máximo de tramitación delprocedimiento para la aprobación de los planes de recuperación y conservación de lasespecies protegidas será de doce meses, contados desde la fecha de acuerdo deaprobación del avance”.Helichrysum alucense y Limonium dendroides se encuentran incluidas en el CatálogoCanario de Especies Protegidas con la categoría de “en peligro de extinción”.Atendiendo a la Ley 4/2010 la categoría de “en peligro de extinción”, aparte de para lasespecies con presencia significativa en Canarias y así calificadas por el CatálogoEspañol de Especies Amenazadas, es reservada para aquellas especies que seincorporen de acuerdo con lo previsto en la presente ley o figuren en su anexo I,constituidas por taxones o poblaciones cuya supervivencia es poco probable si losfactores causales de su actual situación siguen actuando.Normativa comunitaria e internacional.Limonium dendroides se encuentra recogida en el Anexo I -especies de la floraestrictamente protegidas- del Convenio de Berna (Convenio relativo a la conservaciónde la vida silvestre y el medio natural en Europa, hecho en Berna el 19 de septiembrede 1979 y ratificado por el Estado Español el 13 de mayo de 1986 (BOE nº 235, de1.10.86)).Asimismo, este taxón también se encuentra recogido en el Anexo II de la Directiva92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de loshábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, como “especie prioritaria”. Latransposición al ordenamiento jurídico español de esta Directiva quedó establecida porel Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas paracontribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitatsnaturales y de la fauna y flora silvestres (BOE nº 310, de 28.12.95) y, posteriormente,por la ya citada Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de laBiodiversidad.7boc-a-2012-019-433
Boletín Oficial de Canarias núm. 191445Viernes 27 de enero de 20123.1.2 Marco administrativo.Las distintas parcelas que abarcan la distribución conocida de Helichrysum alucenseson de propiedad pública y privada. Los ejemplares se encuentran distribuidos, en unasola población, entre las parcelas cuyas referencias catastrales son38036A019000030000IF y 38036A019000020000IT (datos obtenidos en mayo de2009, mediante consulta de la información aportada por el servidor WMS de laDirección General del Catastro del Ministerio de Economía y Hacienda y el programaMAPA de GRAFCAN).En lo que atañe a Limonium dendroides (atendiendo a la misma fuente deinformación):!El núcleo de San Antonio se localiza dentro del término municipal de SanSebastián de La Gomera, en una parcela de propiedad privada y con referenciacatastral 38036013005430000IS.!El núcleo del Barranco del Cabrito se ubica dentro del término municipal de SanSebastián de La Gomera, localizándose en una parcela de propiedad privada conreferencia catastral 38036A009001700000IT.!Respecto a la población Azadoe-El Palmarejo, los núcleos se encuentran en eltérmino municipal de San Sebastián de La Gomera.! Azadoe38036A001000030000IL.! El Palmarejo38036A002001220000IJ, 38036A002001230000IE y 38036A002001210000II.!El núcleo del Rumbazo, hoy desaparecido, se localizó en el término municipal deAlajeró, con referencia catastral 38003001001460000RE (datos sobre la parcelacorrespondiente a los últimos ejemplares observados).!El núcleo de Guarimiar se localiza en el término municipal de Alajeró, en unaparcela con referencia catastral 38003A013001010000RW.El núcleo del barranco de Argaga se encuentra en el término municipal deVallehermoso, en suelo de propiedad privada y con referencia catastral38050A001090000000JF.!1.6 PLANEAMIENTO TERRITORIAL3.2.1 Helichrysum alúcense.La población de Helichrysum alucense se encuentra en el término municipal de SanSebastián de La Gomera, dentro del Espacio Natural Protegido Reserva NaturalEspecial de Puntallana (G-2). Los terrenos donde se asienta la especie también tienenconsideración de Zona Especial de Conservación (ZEC); concretamente secorresponden con la ZEC 117 LG (ES7020029) denominada Puntallana (Decreto174/2009, de 29 de diciembre, por el que se declaran Zonas Especiales deConservación integrantes de la Red Natura 2000 en Canarias y medidas para elmantenimiento en un estado de conservación favorable de estos espacios naturales,BOC nº 7, de 13.1.10). En virtud del artículo 245.1 del Decreto Legislativo 1/2000, de 88boc-a-2012-019-433
Boletín Oficial de Canarias núm. 191446Viernes 27 de enero de 2012de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación delTerritorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias (BOC nº 60, de 15.5.00),este espacio natural protegido tiene la consideración de Área de SensibilidadEcológica a efectos de lo previsto en la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención delImpacto Ecológico (BOC nº 92, de 23.7.90).El área de distribución de la especie se localiza en “Zona de Uso Restringido” dentrode la Reserva Natural Especial de Puntallana (G2). En el Plan Director de estaReserva (Orden de 1 de diciembre de 2000, por la que se aprueba el Plan Director dela Reserva Natural Especial de Puntallana (La Gomera), BOC nº 12, de 26.1.01)queda recogido que se prohíben “las prácticas ganaderas . con carácter excepcional,se autorizará el mantenimiento de ganado estabulado en las Casas de Aluce, pero enningún caso su campeo tanto libre como vigilado por un pastor”. Además, en el artículo40 se especifican las condiciones para el estabulado del ganado, y se indica que laerradicación de éste se hará reduciendo progresivamente el número de cabezas y lasuperficie ocupada por las mismas.En lo que atañe al Plan Insular de Ordenación de La Gomera (PIOG) los terrenos queocupa la población de esta especie están clasificados como Suelo Rústico deProtección Natural (Espacios Protegidos).3.2.2 Limonium dendroides.Localidad del Barranco de San Antonio:Se localiza fuera de la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos. El suelo dondese asientan los ejemplares está clasificado como “Suelo Rústico de ProtecciónNatural” según el PIOG.Localidad del Barranco del Cabrito:La especie se ubica en “Suelo Rústico de Protección Natural” (Espacios Protegidos)según el PIOG, dentro del término municipal de San Sebastián de La Gomera. Selocaliza en el Espacio Natural Protegido Monumento Natural Barranco del Cabrito (G9) y en la ZEC 113 LG (ES7020035) denominada Barranco del Cabrito. El ámbito dedistribución es además Área de Sensibilidad Ecológica. Atendiendo a las Normas deConservación de dicho espacio (Resolución de 12 de julio de 2006, por la que se hacepúblico el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente deCanarias, en sesión de 19 de junio de 2006, que aprueba definitivamente las Normasde Conservación del Monumento Natural del Barranco del Cabrito (La Gomera), BOCnº 161, de 18.8.06) la especie se ubica en “Zona de Uso Restringido”. Las normas deconservación del Monumento Natural permiten desde el régimen general de usos “losusos que se vinieran desarrollando en el espacio vinculados a aprovechamientostradicionales agrícolas, ganaderos [ ] vinculados a aprovechamientos tradicionalesagrícolas o ganaderos [.] siempre que no afecten de manera negativa a lasupervivencia de poblaciones de flora amenazada”. Al mismo tiempo, estas Normasprohíben “la ganadería en todas sus formas” desde el régimen de usos específicos, y“arrancar, cortar, recolectar o dañar las plantas nativas” desde el régimen general deusos.Población de Azadoe-El Palmarejo.Una pequeña parte del núcleo de Azadoe se localiza en la Reserva Natural Integral deBenchijigua (G-1), concurriendo con la ZEC 123 LG (ES7020028) Benchijigua,constituyendo Área de Sensibilidad Ecológica, y Zona de Uso Restringido según se9boc-a-2012-019-433
Boletín Oficial de Canaria
cies Silvestres en R gimen de Protecci n Especial y del Cat logo Espa ol de Especies Amenazadas. Resultando que la Administraci n P blica de la Comunidad Aut noma de Canarias, a tenor de lo dispuesto en el art culo 6, apartado k), del Decreto 111/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la Comunidad Aut noma de Canarias a los Cabil -
organizacion mundial delturismo asamblea general a/1 lires resoluciones adoptadas por la asamblea general en su und
El servicio de justicia solo puede ser accesible y confiable para la población si entiende el contenido de las determinaciones y resoluciones jurisdiccionales.2 De este modo la comprensión, por parte de los gobernados, de las actuaciones judiciales se constituye en un derecho, el cual garantiza el acceso a una tutela judicial efectiva.
Brendan Dooley Springfield III AC Ryon Lynch Springfield III AC Mike Schiamanna St. Anselm III HC Zak Bussey St. John Fisher III AC Don Fleming St. Joseph's III AC Tom Rotanz St. Joseph's III HC Patrick Tuohy Stevens III AC Dominic DeFazio Stevenson III AC Tim Puls Stevenson III AC Jare
tipo Alzheimer leve-moderada y de la degeneración frontotem-poral. Otras demencias de tipo degenerativo primario pueden presentar signos focales y/o extrapiramidales. En general la asociación de una demencia y un cuadro parkinsoniano que no responde a la levodopa hace pensar a otras patologías
como pobre colina y otras como montaña de cumbres repetidas. Unas veces me siento como un acantilado y en otras como un cielo azul pero lejano. A veces uno es manantial entre rocas y otras veces un árbol con las últimas hojas. Pero hoy me siento apenas como laguna insomne con un embarcadero ya sin embarcaciones una laguna verde inmóvil y .
27742 III. Sábado 22 septiembre 1990 Otras disposiciones BOE núm. 228 23541 23540 MINISTERIO· DE ASUNTOS EXTERIORES RESOLUCIONde4 deseptiembrede 1990. de la Comisión Imerlllil/is1t:rial
Abattage des roches b. Foration c. Tir d. Chargement et transport CHAPITRE III CALCUL DE LA STABILITE DES TALUS DE LA CARRIERE DE AIN EL KEBIRA III .1. INTRODUCTION III .2. DETERMINATION DES PROPRIETES MECANIQUES DES ROCHES III.2.1. Résistance a la compression III.2.2. Résistance a la traction III.2.3. Cohésion et angle de frottement interne d’un échantillon III.2.4. Fissuration des .
Affected Publication: API Recommended Practice 2GEO/ISO 19901-4, Geotechnical and Foundation Design Considerations, 1st Edition, April 2011 ADDENDUM 1 Page 1, 1 Scope, replace the final bullet, and insert an additional bullet as follows: design of pile foundations, and soil-structure interaction for risers, flowlines, and auxiliary subsea structures. Page 1, 2 Normative References .