Reglamento Interno De Cl Nica D Vila Gu A De Ingreso Y .

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GuíaClínica Dávila y Servicios Médicos SPAReglamento Interno de Clínica Dávilaparaingresola AtenciónydeSalud (LEYNº 20.584)degrataestadía

El presente reglamento Interno da cumplimento a las exigencias establecidas en laLey N 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en suatención de salud. Este documento tiene por objetivo proporcionar información alos pacientes y acompañantes, de las normas internas, procesos de atención enmodalidad ambulatoria o de hospitalización y horarios de funcionamiento de lasdiferentes áreas de Clínica Dávila.GuíaReglamento Interno de Clínica Dávilaparaingresola AtenciónydeSalud (LEYNº 20.584)degrataestadíaClínica Dávila y Servicios Médicos SPA1.

ÍndiceReglamento interno de Clínica Dávila para la atención de salud (ley nº 20.584)3Normas de ingreso3Normas de estadía7Información sobre estado de salud8Alimentación9Normas para las visitas9Prohibiciones10Servicio de asistencia de cuidadores11Prevención de caídas12Estacionamientos para vehículos12Cuidado de objetos personales12Uso de celulares13Normas de egreso13Alta voluntaria y alta disciplinaria14Normas asociadas al funcionamiento interno15Vías de evacuaciónProcedimiento de reclamos y sugerenciasProcedimiento para efectuar un reclamo151515Acceso a información de precios de medicamentos e insumos17Asistencia religiosa o espiritual17Actividad docente universitaria18Comité de ética18Patologías del régimen de garantías explicitas de salud (GES)18Enfermedad catastrófica19Confidencialidad de la información19Cuenta médica20Pacientes ambulatorios22Reserva de horas de consultas22Pacientes de urgencia26Otras materias relacionadas28Presupuestos28Clínica Dávila y Servicios Médicos SPA2.

Reglamento Internode Clínica Dávilapara la Atención de Salud(LEY Nº 20.584)El presente Reglamento proporciona a los usuarios, como pacientes y acompañantes, información acerca delas normas de ingreso, estadía, visitas y egresos, así como los procedimientos asociados al funcionamientointerno de la clinica para pacientes hospitalizados y ambulatorios. Este reglamento entró en vigencia el día 01de agosto de 2014 y se actualiza con fecha enero 2019.Pacientes HospitalizadosSe entiende por paciente hospitalizado a la persona que concurre a la clínica por una atención de salud y porrazones de diagnóstico o tratamiento hace uso de una cama de hospitalización.Equipo de saludSe entiende por equipo de salud a todo trabajador de la clinica que actúe como miembro de un equipo depersonas, que tiene la función de realizar algún tipo de atención o prestación de salud. Lo anterior incluye aprofesionales y no profesionales, tanto del área de la salud como de otras que velen por la calidad, confort,bienestar y seguridad de la atención del paciente.Normas de ingresoArtículo 1 Para hospitalizarse, todo paciente que ingresa a la clínica debe acudir al Servicio de Admisión, presentandolos siguientes documentos: Cédula de identidad o pasaporte. Orden de hospitalización extendida por el médico tratante, con su nombre y especialidad, fecha de emisión,fecha de hospitalización y diagnóstico. Consentimiento informado cuando corresponda con la fecha, firma y nombre del profesional y la firma delpaciente. Presupuesto actualizado incluyendo prestaciones en modo hospitalizado. Acreditación de la afiliación a un sistema de seguro de salud.Clínica Dávila y Servicios Médicos SPA3.

De conformidad a la normativa vigente, y ante la solicitud de admisión de ingreso, la clínica se reserva el derechode solicitar en forma conjunta con la entrega de pagaré en Garantía, un pago anticipado voluntario, como prepago a la cuenta final del paciente el que habrá de ser enterado facultativamente al momento de su ingreso. Losmedios de pago de este monto, podrá enterarse en: vale vista o a través de tarjeta de crédito/débito bancaria ocomercial. Dicho pago voluntario, se imputará al estado de cuenta del paciente, el que se liquidará aplicando elabono realizado.El pagaré será firmado en blanco para ser llenado con los montos correspondientes según el número de identificación de la hospitalización, solo en caso de que la cuenta o su copago no sea pagado en los plazos establecidos.Para el ingreso de pacientes que no se encuentren en situación de riesgo vital o secuela funcional grave, serequiere que éstos no tengan cuentas anteriores impagas o morosas con la clínica por prestaciones médicasotorgadas. En caso de tenerlas, previo a la aceptación del ingreso, la clínica le solicitará al paciente o a su representante legal, regularizar el pago o la morosidad, reservándose la clínica el derecho a rechazar el ingreso, en sucaso.Para dar curso a una orden de hospitalización programada, electiva y continuar con el procedimiento de admisión, es condición la no existencia de deudas pendientes de pago o en cobranza, prejudicial o extrajudicial con laclínica, ya sea por hospitalizaciones, procedimientos o tratamientos anteriores, como tampoco presentar deudasmorosas en el sistema financiero, exceptuándose las atenciones por patologías GES que estén atendiéndose enClínica Dávila. En caso de tenerlas y, previo a la aceptación del ingreso, la clínica le solicitara al paciente o a surepresentante legal, regularizar el pago o la morosidad, reservándose la clínica el derecho a rechazar el ingreso,en su caso.De darse algunos de los elementos anteriores, con el objeto de facilitar la hospitalización, la clínica podrá aceptarque un tercero suscriba el documento al que se hace referencia en el párrafo siguiente.Es responsabilidad del paciente, Apoderado o Representante Legal informarse sobre las formas de pago de lasprestaciones otorgadas por la clínica.Las normas de acceso a la información clínica de beneficiarios por parte de FONASA e ISAPRES, se ajustarán enlo señalado en el Oficio Ordinario Nº 7754, de fecha 12 de octubre del 2012 de la Superintendencia de Salud , enorden que dichas instituciones cuentan con las facultades para los efectos de solicitar información clínica y de laficha clínica de pacientes pe los efectos que la ley les impone, en lo tocante a la determinación y otorgamiento debeneficios de salud asociados a dichos antecedentes.Si el ingreso se realiza a través de la Unidad de Urgencia, el paciente, apoderado o representante legal deberárealizar los trámites en Admisión Central.Clínica Dávila, se reserva el derecho de rechazar sin incurrir en discriminación el ingreso de un paciente si nocumple con los requisitos aquí definidos, siempre que su condición de salud no sea de riesgo vital.Clínica Dávila y Servicios Médicos SPA4.

Artículo 2 Todo paciente deberá señalar el nombre de su Apoderado o Representante Legal en caso de menores de 18 años,entendiéndose por éste, a la persona responsable de su hospitalización y que será quien represente su voluntad,para el caso que el paciente se encuentre imposibilitado de tomar conocimiento de su condición y de adoptar lasdecisiones médicas, clínicas y administrativas que fueren pertinentes y necesarias en esta etapa, así como también , deacuerdo a la voluntad del paciente, la persona a quien se le entregue información asociada a su estado de salud.Artículo 3 En caso que el ingreso a hospitalización se produzca a través del Servicio de Urgencia, la clínica asignará un médicotratante de su staff, según la especialidad requerida por el paciente.Artículo 4 Durante el proceso de Admisión se le informará al paciente, Apoderado o Representante Legal, el tipo de habitaciones que existen disponibles en ese momento y los costos asociados a las mismas, a fin de que pueda seleccionar deacuerdo a su preferencia, cobertura de Aseguradora y conforme a la disponibilidad que exista en la clínica en elmomento de la admisión.Clínica Dávila no reserva habitaciones y el cobro se realiza de acuerdo a la habitación utilizada, independientementedel plan de salud que tenga el paciente.Los pre-ingresos efectuados por los pacientes no constituyen reserva de habitaciones.Artículo 5 El consentimiento informado es un proceso comunicativo que garantiza que el paciente, Apoderado o Representante Legal ha expresado voluntariamente su decisión de someterse al tratamiento, prueba diagnóstica, procedimientoo intervención quirúrgica, después de haber comprendido la información entregada por el médico acerca de losobjetivos, beneficios, incomodidades, riesgos previstos y alternativas posibles.Antes de realizar un procedimiento quirúrgico, diagnóstico o terapéutico invasivo el paciente debe firmar un consentimiento informado donde se detallan los riesgos y complicaciones inherentes al mismo. En caso de menores deedad se requerirá la firma de su representante legal.El médico debe entregar una completa explicación sobre el diagnóstico, plan de tratamiento, pronóstico, riesgos ybeneficios asociados al procedimiento o cirugía al paciente, apoderado o representante legal.El paciente tiene el derecho de hacer las consultas que crea necesaria y la obligación de seguir los consejos delmédico, antes y después de la intervención.Clínica Dávila y Servicios Médicos SPA5.

En ocasiones podrán haber retrasos o reprogramaciones de las cirugías electivas frente a la necesidad deotros pacientes con riesgo vital o necesidad inmediata de un procedimiento, esta situación le seráinformada por personal de la clínica y asegurar la continuidad de su atención de la forma más adecuada posible.Artículo 6 Clínica Dávila determinará, de acuerdo a condiciones de salud particulares del paciente y de seguridadasistencial, la hospitalización en habitaciones individuales, en cuyo caso se informará oportunamente alpaciente, Apoderado o Representante Legal y asimismo se cobrará el costo de dicha habitación.Artículo 7 Al momento del ingreso del paciente, este será identificado en el servicio de Admisión o en las Unidadesde Urgencias, con un brazalete, el que deberá mantener puesto permanentemente durante todo el período de hospitalización.Artículo 8 Para efecto de traslado entre unidades, y el cobro del día cama asociado, prevalece el mayor número dehoras de permanencia en el servicio, siendo las 23:59 horas el corte para iniciar el cobro de un nuevo día.Artículo 9 En el caso de pacientes pediátricos, hospitalizados en el servicio Pediatría, el representante legal estaráobligado a velar porque durante su hospitalización el paciente permanezca acompañado en forma ininterrumpida por un adulto responsable, quién complementará la vigilancia y cuidado general del paciente.Durante la noche, sólo puede quedarse una persona (padre, madre. representante legal o adulto responsable) en la habitación del menor, u otra persona designada por ellos. Para tal efecto en cada habitaciónse dispone de un sillón.La Unidad de Paciente Crítico Pediátrica tiene horarios restringidos de visita y no contempla acompañamiento nocturno.Artículo 10 Los medicamentos que le sean indicados al paciente durante el período de hospitalización, serán proporcionados exclusivamente por la clínica y le serán administrados conforme al plan terapéutico establecidopor su médico.Clínica Dávila y Servicios Médicos SPA6.

En el caso que el paciente en forma previa a su ingreso esté en tratamiento, en virtud del cual debanadministrársele medicamentos, el paciente, Apoderado o Representante Legal deberán informar de estacircunstancia al médico tratante, para que éste incorpore las indicaciones y prescripciones que fuerennecesarias al plan terapéutico que se cumplirá durante el período de hospitalización.Está estrictamente prohibido que el paciente consuma medicamentos por cuenta propia, como así también el ingreso de fármacos desde el exterior. El no cumplimiento de esta condición puede generar el altadisciplinaria.Artículo 11 Los implantes y prótesis que se requirieran en procedimientos intervencionistas y/o quirúrgicos serán losque determine la clínica. Por seguridad del paciente, no se aceptará el ingreso de elementos (implantes,prótesis) proporcionados directamente por pacientes o familiares, así como elementos comprados enforma directa al proveedor y enviados desde estos a la clinica.Artículo 12 La clínica es una Institución destinada a otorgar prestaciones de salud, por ende, todo lo que diga relación conlas coberturas financieras de las prestaciones que fueren procedentes conforme al sistema previsional desalud del paciente, son materias propias y exclusivas de la relación existente entre el asegurador y elpaciente en su calidad de afiliado y/o beneficiario.Así mismo, la activación y trámite de las coberturas preferentes, catastróficas, beneficios y demás aspectos relacionados con su plan de salud, son responsabilidad única del paciente, apoderado, representantelegal y/o el responsable de su hospitalización. Todo ello independiente de la orientación la clinica otorgaal respecto.Normas de estadíaArtículo 13 Es responsabilidad del paciente, Apoderado o Representante Legal que el equipo de salud esté en conocimiento de cualquier alergia, o problema que el paciente haya tenido con medicamentos, alimentos, uotros productos tales como látex, medios de contrastes, entre otros. Los cuidados relacionados con lahigiene y confort del paciente son realizados por el personal técnico de enfermería, de acuerdo a normasy protocolos establecidos al interior de la clínica.Clínica Dávila y Servicios Médicos SPA7.

El paciente no está autorizado a salir de la habitación ni fuera de la clinica por su cuenta o con sus familiares sin tener el alta médica correspondiente o la indicación explícita del tratante por algún motivo deíndole médico específico.Artículo 14 La visita del médico tratante y /o médico residente incluirá, especialmente la gestión e indicación decuidados y medidas terapéuticas, tipo de alimentación, evaluación de la condición clínica del paciente,indicación de interconsultas, exámenes y procedimientos.Las interconsultas de médicos especialistas, son gestionadas por las Unidades de Hospitalización, deacuerdo a protocolo establecido y serán cargadas a la cuenta del paciente.Si durante la hospitalización se indica la realización de exámenes o estudios que la clínica no efectúa, sedeberá gestionar el cumplimiento de tal prescripción médica. En este caso rigen las siguientes normas:a. Se informará al médico tratante y al paciente que, para la realización del examen indicado, el paciente debe ser trasladado a otra Institución, a fin de que el profesional ratifiquesu indicación y consigne las medidas de cuidado que estime necesarias para el traslado.b. El traslado se realizará en ambulancia o en el medio de transporte que la clínica determineconforme a las indicaciones médicas de cuidado prescritas, incorporándose a su cuenta dehospitalización.Artículo 15 Todo el personal de la clínica portará una identificación visible en la que figura su nombre y la función quedesempeña.En caso de que el paciente o sus acompañantes observen a alguna persona al interior de la habitación sinportar la credencial que lo identifique como miembro del equipo de la salud de la clínica, debe informarinmediatamente a la matrona o enfermera de turno.Información sobre estado de saludArtículo 16 La información sobre la evolución del paciente, las prestaciones que haya recibido durante el transcurso deldía, así como la planificación del alta en forma oportuna, será entregada directamente por el médico alpaciente, o en su defecto a su Apoderado o Representante Legal, en caso de que el paciente no esté encondiciones de recibir dicha información.Clínica Dávila y Servicios Médicos SPA8.

AlimentaciónArtículo 17 Durante el periodo de hospitalización, la clínica será la encargada de brindar la alimentación requerida por elpaciente, de acuerdo al régimen e indicaciones que determine su médico tratante. Para tal efecto, el pacienteserá visitado diariamente por una nutricionista quien planificará su alimentación con alternativas de menúque se ajusten al régimen indicado.Está estrictamente prohibido que el paciente consuma alimentos por cuenta propia, como así también elingreso a la habitación de alimentos por parte de familiares y / o visitas.En las áreas pediátricas, por normativa de prevención de infecciones, no se aceptan mamaderas y susaccesorios, provenientes del exterior.La clínica dispone de una amplia línea de alimentos para fórmulas lácteas y sólo en aquellos casos en que elpaciente requiera un tipo específico de alimentación láctea, se permitirá el ingreso del alimento en su envaseoriginal sellado. Este debe ser entregado con nombre a la Nutricionista de la Unidad.Normas para las visitasArtículo 18 Durante la estadía del paciente, sus familiares y / o visitantes deberán respetar los horarios y condiciones devisita establecidos para los diferentes Servicios y Unidades de la clínica.Por indicación médica, el sistema de horario de visitas podrá ser restringido, como así también los sistemas yhorarios pueden sufrir modificaciones ante la necesidad de efectuar tratamientos y/o procedimientos a otrospacientes o por circunstancias excepcionales.El paciente no puede recibir más de dos visitantes a la vez y éstos deben retirarse de la habitación si se lessolicita para realizar algún procedimiento u otro.Como medida de prevención de Infecciones, no deben ingresar menores de 12 años al área de hospitalización,salvo excepciones en el Servicio de Maternidad, quienes deberán estar siempre al cuidado de una personaadulta que será el responsable de su conducta y resguardo.En virtud de las actividades relacionadas con los cuidados, atención y descanso de nuestros pacientes, loshorarios de visita serán:Servicio Médico Quirúrgico9:30 a 20:00 hrs.Servicio Integral de la Mujer9:30 a 20:00 hrs.Servicio de Pediatría y Cirugía infantil9:30 a 20:00 hrs.Clínica Dávila y Servicios Médicos SPA9.

Las Unidades de Pacientes Críticos son servicios altamente especializados en la atención de enfermos que,por su patología, requieren de una avanzada tecnología, mayor control médico y cuidados de enfermería yuna mayor prevención de infecciones. Por lo anterior las visitas deben ser reguladas.Los horarios habilitados de lunes a domingos son:Unidad de Cuidados Intensivos12:00 a 13:00 horas y de 16:00 a 18:00 hrs.Unidad de Tratamientos Intermedios12:00 a 13:00 horas y de 16:00 a 18:00 hrs.Unidad Coronaria12:00 a 13:00 horas y de 16:00 a 18:00 hrs.Las Unidades de Pacientes Críticos Pediátricos tienen los siguientes horarios:UPC Neonatal11:00 a 16:00 hrs. y de 17:30 a 19:00 hrs.UPC Pediátrica9:30 a 22:00 hrs.En las UPC Neonatal y UPC Pediátrica sólo podrán efectuar las visitas a los pacientes, los padres y/o apoderados designados por ellos.Artículo 19 Todo paciente, así como también sus familiares y visitantes, deberán mantener siempre una conducta adecuada y un trato respetuoso, a fin de no entorpecer o afectar el bienestar y descanso de los demás enfermosy el trabajo que desarrolla el personal Institucional.En caso de trato irrespetuoso y de conducta de violencia verbal y/o física en contra de los trabajadores deClínica Dávila o de cualquier persona que allí se encuentre, se solicitará de ser necesario, el apoyo de la FuerzaPública para enfrentar estas conductas y para restringir el acceso al establecimiento a los causantes delaltercado, sin perjuicio del Derecho de Clínica Dávila a interponer las acciones civiles o penales que correspondan.ProhibicionesArtículo 20 Los acompañantes de pacientes que ocupan habitaciones con dos camas tienen prohibido utilizar dicha cama siésta se encuentra desocupada.Sólo en habitaciones individuales podría eventualmente quedarse un acompañante del paciente toda la noche, encuyo caso, deberá levantarse a más tardar a las 7:00 horas para facilitar los procedimientos y la rutina del servicio.Las personas menores de 18 años, no podrán permanecer como acompañantes durante la noche.Clínica Dávila y Servicios Médicos SPA10.

Artículo 21 Por disposición del Ministerio de Salud y lo dispuesto en la Ley Nº 20.660 está estrictamente prohibido a todapersona fumar en los recintos de la c

El m dico debe entregar una completa explicaci n sobre el diagn stico, plan de tratamiento, pron stico, riesgos y beneficios asociados al procedimiento o cirug a al paciente, apoderado o representante legal. El paciente tiene el derecho de hacer las consul

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