REGLAMENTO DE COMPETENCIAS BASQUETBOL

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REGLAMENTO DE COMPETENCIA 2017BASQUETBOL MASCULINOINDICECapítulo IArt. 1Art. 2Art. 3Art. 4Art. 5Art. 6Art. 7Art. 8Art. 9Art. 10Art. GENERALESObjetivosCompetencias OficialesConcepto de gaciones de los Clubes ParticipantesNo presentación de EquiposAbandono de CompetenciaMedios de Comunicación OficialArancelesArancelJuezCategoríaPlanillas OficialesProgramación de JuegosSuspensiones y ReprogramacionesSede de los JuegosHorario de los PartidosTiempos para la Presentación de EquiposPartidos o Torneos AmistososCapítulo IIArt. 20Art. 21Art. 22Art. 23Art. 24Art. 25Art. 26Art. 27Art. 28Art. 29Art. 30DESARROLLO ADMINISTRATIVORequisitos de InscripciónPresentación de Listas de Buena FeRequisitos de listas de Buena FeJugadores ProtegidosTransferencias de JugadoresRecambios Por LesiónLicencias HabilitantesEvaluación Médico DeportivaSeguro 9Capítulo IIITítulo I:Art. 31Art. 32DESARROLLO TECNICOINFRAESTRUCTURAEstadiosControl de Estadios3033Título IIArt. 33Art. 34Art. 35Art. 36Art. 37PERSONAL TECNICOJugadoresEntrenadoresÁrbitrosOficiales de MesaOperadores de 91

Título IIIArt. 38Art. 39Art. 40Art. 41Art. 42Art. 43Art. 44Art. 45Art. 46Art. 47Art. 48Art. 49DE LOS JUEGOSDe los EquiposObligaciones del Club LocalResponsables de EquiposProhibicionesRecaudación y GastosEntradasConfección de Planilla de JuegoSeguridadEstadísticas y FilmacionesIndumentaria de los ParticipantesProcedimiento en casos de Suspensión de partidosDesignación de veedoresCapítulo IVArt. 50Art. 51Art. 52Art. 53COMPETENCIAS OFICIALESTorneos OficialesFases de los TorneosReglas de JuegoRegulaciones Especiales en CategoríasFormativasSistema de PuntuaciónSistema de DesempateArt. 54Art. 55Capítulo VArt. 56Art. 57Art. 58Art. 59Art. 60Art. 61Art. 62Art. 63Art. 64Art. 65Art. 66Anexo IParte 1:Art. 1Art. 2Art. 3Art. 4Art. 5Art. 6Art. 7Art. 8Art. 9Art.10SANCIONESTipos de SancionesÓrganos deAplicación56Sanciones administrativas reglamentariasSanciones disciplinariasTipos de Sanciones administrativas reglamentariasAplicaciones de Sanciones económicasSanciones disciplinarias por incumplimientosReglamentariosApercibimiento DisciplinarioSuspensión de afiliaciónProcedimiento ante incumplimientos económicosReincidenciasCOMPETENCIAS BASQUETBOL MASCULINO 2017MAYORESListas de Buena Fe60Presentación de equiposConformación de los equiposEquipos participantes Torneo AperturaForma de disputaFormato de disputa Fase FinalLocalíasCalendario de competenciasDías de disputaDe los ascensos, descensos y Reválidas de 56575757585859596060606367676769692

Art.11Art.12Final Anual70TorneosEspeciales70Parte 2:Título I:Art. 13Art. 14Art. 15Art. 16Art. 17Art. 18Art. 19Art. 20CATEGORIAS FORMATIVASCategoría U 17De las listas de Buena FePresentación de los equiposConformación de los equiposEquipos Participantes Torneo AperturaForma de disputaCalendario de competenciaLocalíasDías de disputa7171717272757576Título IIArt. 21Art. 22Art. 23Art. 24Art. 25Art. 26Art. 27Art. 28Art. 29Art. 30Categoría U 15De listas de buena fePresentación de los equiposConformación de los equiposFormación de equipos en el JuegoSustitucionesEquipos Participantes Torneo AperturaForma de disputaLocalíasCalendario de competenciaDías de disputa76767677777778818182Título IIIArt. 31Art. 32Art. 33Art. 34Art. 35Art. 36Art. 37Art. 38Art. 39Art. 40Art. 41Categoría U 13De listas de buena fePresentación de los equiposConformación de los equiposFormación de equipos en el JuegoSustitucionesRegulaciones especialesEquipos Participantes Torneo AperturaForma de disputaLocalíasCalendario de competenciaDías de disputa8282828282838484878788Título IVFinales Anuales en Categorías FormativasArt. 42Final Anual por Categoría88Art. 43Final Anual por Club88Art. 44De los ascensos y descensos en categorías Formativas 89Parte 3:Art. 45Art. 46Art. 47Art. 48MINIBÁSQUETBOLCategoríasLista de Buena FePresentación de los equiposConformación de los equipos899090903

Art. 49Art. 50Art. 51Art. 52Art. 53Art. 54Art. 55Art. 56Art. 57Art. 58Formación de equipos en un juegoRegistro de participantes y planilla de JuegoCantidad de Periodos y Tiempo de JuegoRegulaciones especialesEquipos participantes Mini AperturaConformación de Zonas Mini AperturaProgramación de encuentrosCalendario de disputaDías y Horario de JuegoGran Prix de Mini básquet909090909192939393934

CAPÍTULO I: GENERALESArt. 1º: ObjetivosLa Federación de Básquetbol de la Provincia de Mendoza (FBPM) hará disputaranualmente, entre el 1º de Febreroy 30 de Diciembre del año en curso, los Torneos Oficialesde la Federación, en ambas ramas y en todas las categorías, con el fin de, establecida laclasificación final, otorgar las plazas correspondientes para disputar los Torneos Regionalesde Clubes, o en su caso obtener la posibilidad directa de participar en los CampeonatosNacionales si así correspondiere,lugares que serán ocupados por mérito deportivo.Art. 2 : Competencias OficialesLa Competencia Oficial de la FBPM comprendela disputa de los siguientes Torneos:1. Torneo Apertura2. Torneo Clausura3. Final Anual4. Torneos de Pretemporada (Vendimia)5. Torneo de Invierno6. Copa Federaciones7. Mini Apertura, Mini Clausura y Gran Prix de Mini básquetArt. 3 :Concepto de TemporadaSe considera TEMPORADA al lapso comprendido entre “la iniciación y finalización de losTorneos Oficiales organizados por la FBPM”.Art. 4 : DenominaciónLa FBPM designará el Nombre de los Torneos de Mayores yFormativas, en ambas ramas,en forma anual, de acuerdo con lo determinado por el Consejo Directivo.Todos los niveles o zonas de competencia en la misma categoría tendrán la mismadenominación.Para la presente Temporada los Torneos Apertura y Clausura llevarán el nombre de lassiguientes personalidades, a saber:Categorías Mayores:DR FRANCISCO REIGCategorías Formativas:DN CARLOS OJEDAMini básquet:PROF. ALBERTO VILLAVEIRAN (TICO)Art. 5 : ParticipantesPodrán participar en los Torneos Oficiales de la FBPM todas las Instituciones afiliadas a laFederación y los Clubes en condición de Invitados que cumplimenten todos los procesosadministrativos correspondientes.Art. 6 : Autoridades6.1)CONSEJO DIRECTIVO: El Consejo Directivo es el Órgano Superior que tiene el poderde decisión en todo lo relacionado al Formato y Sistema de las Competencias, el CalendarioAnual, la Programación de Partidos y la Aprobación del presente Reglamento.Será elÓrgano responsable de designar a los Miembros de los Departamentos de Competencia,Técnico, Prensa y Medico, que actuarán según el caso en las áreas respectivas.Tendrá a su cargo el tratamiento de las apelaciones que pudieran presentar los clubes, sobresanciones administrativas reglamentarias que el Departamento Técnico resuelva.5

6.2)DEPARTAMENTO DE COMPETENCIAS: El Departamento de Competencias es elárea encargada de la administración y control de las Competencias,tomando decisionessobre temas puntuales de Programación. Este Departamento estará compuesto por unMiembro del Consejo Ejecutivo quien oficiará de Presidente del Departamento, Presidentesde Clubes, Delegados titulares o suplentes, 1 Miembro representante de ATEMBA y 1Miembro del Departamento de Basquetbol Femenino quienes tendrán a su cargo ladirección y administración de la competencia.6.3) DEPARTAMENTO TECNICO: El Departamento Técnico será el órgano encargado delcontrol administrativo y reglamentario de las competencias,resolviendo todos los casos quepudieran presentarse y procederá a la designación de los árbitros para los partidos de lasCompetencias FBPM. El mismo estará integrado por un Presidente que es Miembro delConsejo Ejecutivo de la FBPM, Delegados Titulares, 1 Miembro del Colegio de Árbitros, 1Miembro representante de ATEMBA y 1 Miembro del Departamento de BasquetbolFemenino.6.4) HONORABLE TRIBUNAL DE DISCIPLINA: El Honorable Tribunal de Disciplina,actuará en única instancia, en todo lo relacionado a situaciones de tipo disciplinarias quepudieran producirse durante la disputa del torneo, de acuerdo con el Código de Penas (CP),el Código de Procedimiento y a su propio Reglamento interno. Este último deberá dictarlodentro de los sesenta (60) días de haberse constituido. El HTD estará integrado por dosmiembros titulares, un suplente y un secretario, con las funciones que se determinan en supropio Reglamento interno.6.5) DEPARTAMENTO DE PRENSA: El Departamento de Prensa, que cumplirá con todolo relacionado a la difusión y promoción de los Torneos Oficiales y competencias en generalque se organicen dentro de la FBPM.6.6) DEPARTAMENTO MEDICO: El Departamento Médico, será el área donde seevaluarán a los deportistas, realizará el control de saludgeneral, y brindará la posibilidad deuna atención rápida en caso de urgencias.Art. 7 : Obligaciones de los Clubes Participantes7.1) REQUISITOS DE PARTICIPACION: Todos los clubes participantes deberán cumplircon los siguientes requisitos:7.1.1) Estar afiliados a la FBPM7.1.2) Estar al día con el pago de todos los compromisos económicos asumidos en la FBPM7.1.3) Para disputar Torneos en Categoría Mayores (Superliga), deberán presentarobligatoriamente todas las Categorías Formativas (U17-U15-U13, Mini,Pre-Mini yMosquitos), mientras que para participar delNivel 1 y 2 Mayores deberán contar con lascategorías Pre-Mini, Mini y 2 Categorías Formativas como mínimo durante la PrimerTemporada, debiendo completar la totalidad de las categorías en la segunda temporada departicipación. Para los Clubes participantes que integran otras Asociacionesse exigirá elcumplimiento de esta norma en su respectiva asociación.Estas normativas son exigibles a un Solo equipo de Categoría Superior que represente a laInstitución.7.1.4) Figurar en el FIBA ORGANIZER y tener debidamente registrados sus jugadores conla Ficha Nacional Única (FNU), Cumplir con los Pagos del Seguro Deportivo FBPM,Tener6

el Apto del Estudio de Evaluación Medico Deportiva realizada por la FBPM,y poseer elLibre Deuda de la Federación.7.1.5) Presentar un Estadio Principal de Juego y un Estadio Alternativo que cumplan losrequisitos exigidos en las Reglas oficiales de juego, siendo obligatorio contar con pisodeportivo de madera (en División Superliga)7.1.6) Cumplimentar los trámites administrativos de Inscripción del Club en todas lascategorías, presentación de las listas de buena fe en formato único, enviado por laFederación en los tiempos reglamentarios que anualmente disponga el Consejo DirectivoFBPM.7.1.7) Presentar un cronograma de Fechas en lo que la institución no pueda disputar partidoso no disponga del estadio Principal ni el alternativo por cuestiones extraordinarias, comoson la realización de eventos o festividades que pudieran realizarse.7.2) PRESENTACION DE NOMINA DE OFICIALES Y AUXILIARES: Las Institucionesparticipantes deberán presentar el siguiente personal en la competencia:7.2.1)En Categoría Superior en todos sus niveles y en categorías FormativasesOBLIGATORIO, tener oficiales de mesa con licencia habilitante y nivel correspondientepara poder actuar. No será aplicable el inciso anterior en partidos de MINIBÁSQUET enninguna de las categorías.PENALIDAD: La falta de Oficiales de Mesa con licencia habilitante provocará laaplicación de 1/2 AJC (M o Fde acuerdo con lo especificado en el art. 12.2) al Club querepresenta, en cada partido que deba disputar.7.2.1) En Categoría Superior, Nivel Superliga es OBLIGATORIO, tener operadores deestadísticas con licencia habilitante para poder actuar.También esta medida será aplicable apartir de la Fase Final (playoffs) desde su primera etapa, para los equipos que participan delNivel 1 en División Superior.No será aplicable el inciso anterior en partidos de otros niveles y categorías.PENALIDAD:La falta de Operadores de Estadísticas con licencia habilitante provocará laaplicación de 1/2 AJC (M) en cada partido que deba disputar.Art. 8 :No Presentación de Equipos8.1) CUMPLIMIENTO DE PROGRAMACION: Los clubes deberán cumplir con laprogramación respectiva en todas las categorías y niveles en el cual se encuentren inscripto.8.2) CUMPLIMIENTO DE NORMATIVAS EN LA PRESENTACION DE EQUIPOS:Deberán cumplir con las normativas en cuanto al mínimo de Jugadores exigidos en lapresentación de equipos ANEXO Competencias, Parte I, IIcomo así también deberánpresentar el cupo mínimo de jugadores exigidos por categoría ANEXO CompetenciasParteI, II. El incumplimiento en cualquiera de estos dos casos se tomará como NOPRESENTACION de los equipos8.3) PROCEDIMIENTOS Y RESPONSABILIDADES EN CASOS DE FUERZAMAYOR: Los Clubes que por causa de fuerza mayor se vieran imposibilitados de presentarun equipo para disputar un partido, en torneos y campeonatos organizados por laFEDERACION deberán comunicarlo a la misma por escrito, dentro de un plazo mínimo de3 (tres) días hábiles para todas las divisiones. Si ello no ocurriera, deberá hacerse cargo delos gastos de traslado del equipo rival y del pago total de los viáticos de arbitraje7

establecidos para los jueces designados. Se autoriza la comunicación vía Correo Electrónicocon membrete del club y firmas autorizadas y sello de la Institución.8.4)RESULTADO DEL JUEGO Y PUNTUACION:8.4.1)En todos los casos de no presentación de equipos el resultado será de 20 a 0 a favordel equipo que cumplió con la presentación, otorgando 2 (dos) puntos al equipo vencedor y0 (cero) al equipo que no se presente a jugar.8.4.2) En el caso de que ninguno de los equiposse presente a jugar,el resultado será 0 a 0,correspondiendo 0 (cero) punto a cada uno de los equipos8.5) PRESENTACION EN GRAN PRIX DE MINIBÁSQUET: Los Gran Prix de Minibásquet tienen carácter de obligatorio en todas las categorías, considerando la ausencia almismo como NO PRESENTACION, correspondiéndole al Club Infractor la aplicación de loestipulado en el art8.6.1 o 8.6.2)8.6) PENALIDAD PARA NO PRESENTACION DE EQUIPOS8.6.1) Partidos programados entre los clubes participantes en sedes ubicadas a 80 km omenos- Para Categoría Mayores en cualquier nivel de competencia:5 AJC (M)- Para Categorías Formativas y/o Minibásquet:2 AJC (M)8.6.2) Partidos programados en sedes ubicadas a más de 80 km de distancia entre losequipos participantes:-Para Categoría Mayores en cualquier nivel de competencia:10 AJC (M)- Para Categorías Formativas y/o Minibásquet:5 AJC (M)8.6.3) El importe se destinará, luego de descontados aranceles y gastos no abonados,enbeneficio del club con el que debía competir, siendo facultad del Consejo Directivo FBPMelevar el Expediente al H. Tribunal de Disciplina si las causas que motivaron la nopresentación no fueran ampliamente justificadas.8.6.4) Dicha penalidad será aplicable a cada Categoría que no se presente a Jugar.8.7)ATENUANTE DE APLICACIÓN DE PENALIDAD:8.7.1) Se tomará como atenuante en la NO PRESENTACIÓNde equipos, si al momento deInicio de los Partidos el equipo Infractor cuenta con un mínimo de 5 Jugadores Presentescon habilitación para jugar en la categoría de referencia, donde en cuyo caso,corresponderála aplicación del 50% del Valor Total indicado en los art. 8.6.1 o 8.6.28.7.2) Se aplicará el mismo criterio que en el 8.7.1) si un Equipo no alcanza a completar elcupo mínimo de Jugadores por categoría requeridos en el Presente ReglamentoArt. 9 : ABANDONO DE COMPETENCIA9.1)CONCEPTO: Se considera ABANDONO DE LA COMPETENCIA, toda acción en laque un club decida no iniciar y/o finalizar con la programación deportiva en cualquiercategoría, habiéndose inscripto al Torneo cumpliendo con los requisitos establecidos en elart. 20.9.2)SITUACIONES CONSIDERADAS COMO ABANDONO DE COMPETENCIA:9.2.1) La NO PRESENTACION de equipos en 3 (tres) partidos por categoría, de maneraconsecutiva o alternada, será considerado como Abandono de la Competencia. La mismaconsideración tiene la no presentación del MINIMO de Jugadores exigidos en cadacategoría que fija el ANEXO Competencias, parte I, II,III8

9.2.2) El incumplimiento administrativo en la presentación de equipos en5 (cinco) partidos,ocasionada por no completar el CUPO MINIMO de Jugadores, en Divisiones Formativas(U13, U 15 y U17y Categorías Pre Mini y Mini) establecidos en el ANEXO Competencias,Parte II, III será considerado como Abandono de Competencia, siendo eliminada laCategoría respectiva, de la Programación de Partidos a partir de ese momento.9.3)RESULTADOS Y PUNTUACION: El abandono de un equipo en un Campeonato oTorneo,tendrá como consecuencia la pérdida de todos los partidos que le reste disputar, deacuerdo con el art. 8.4, manteniéndose el resultado de todos los partidos que hubieradisputado.9.4) PENALIDADESa) DEPORTIVAS: Por el hecho de haber incurrido en ABANDONO DE LACOMPETENCIA, los Clubes tendrán las siguientes penalidades deportivas: INHABILITACION para participar en cualquier competencia nacional y/o regionalclasificatoriaen la división de referenciapor un (1) año, como así también estaráinhibido de adquirir una plaza en competencias de ADC, sin perjuicio de lassanciones que pudieran corresponder según el Código de Penas. DESCENSO AL ULTIMO NIVEL DE COMPETENCIA PARA EQUIPOS DESUPERLIGA, NIVEL 1, 2, 3, INHABILITACION para participar en los Torneos Oficiales organizados por laFBPM en Categoría Mayoresen el nivel 4 por el término de un (1) año, sin perjuiciode las sanciones que pudieren corresponder según lo determinado en el Código dePenas vigente.b) ECONOMICAS: A los Clubes que incurran en ABANDONO DE COMPETENCIAles corresponderá la aplicación de lo dispuesto en el art. 8.6.1 o 8.6.2 segúncorresponda en cada caso, en cada uno de los partidos que le resta disputar al equipode acuerdo con la Programación Oficial emitida por la FBPM. Esta penalidad seráaplicable al Club Infractor en cada categoría que se presente esta situación.Art. 10 : Medios de Comunicación Oficial10.1) MEDIO DE COMUNICACIÓN TRAMITES ADMINISTRATIVOS: Todadocumentación, solicitud, notificación o resolución administrativa Oficial será realizada através del Correo Oficial de la FBPM federacionbasquetmendoza@gmail.comy será enviadaa la dirección electrónica (e-Mail) asignada para cada club en el formulario de Inscripción.10.2)MEDIO DE COMUNICACIÓN DE PROGRAMACION Y RESOLUCIONES: LaProgramación Oficial y las Resoluciones del HTD serán comunicadaspor medio de boletinesespeciales a través de la web Oficial de la FBPM www.basquetdemendoza.com.ar10.3) MEDIO DE COMUNICACIÓN PARA INFORMES Y DESCARGOSADMINISTRATIVOS: Los Informes o descargos por cuestiones administrativas oreglamentarias se deberán enviar a la dirección federacionbasquetmendoza@gmail.com concopia al correo Institucional del Director Deportivo etolcachier@basquetdemendoza.com.ar10.4) MEDIO DE COMUNICACIÓN PARA INFORMES Y DESCARGOSDISCIPLINARIOS: Los informes y descargos de carácter disciplinario deberán enviarse alcorreo htd@basquetdemendoza.com.ar9

En su caso, las constancias de la remisión del correo electrónico o notificaciones remitidasvía web oficial serán suficientes para acreditar la notificación a los clubes afiliados.Art. 11 : ArancelesLos Clubes deberán abonar anualmente los siguientes aranceles para poder participar de laactividad deportiva oficial dentro de la FBPM, a saber:11.1) CUOTAS DE AFILIACION: Son los derechos de afiliación de las Instituciones enlaFederación, los cuales rigen de acuerdo con el Estatuto, cuyos montos serán fijados por elConsejo Directivo a principios de cada temporada. Los mismos serán abonados de maneramensual o a través del acuerdo estipulado entre la FBPM y los Clubes afiliados.PENALIDAD: De acuerdo con lo establecido enel art. 63, 64 y 65 del Presente Reglamento11.2) ARANCEL DERECHOS FEDERATIVOS: Los Clubes deberán abonaranualmenteel Arancel Federativo de TODOS LOS JUGADORESinscriptos en la Lista de Buena Fe enlas formas y plazos que determine el Consejo Directivo antes del Inicio de la Temporada.PENALIDAD: De acuerdo con lo estipulado en el art. 63, 64 y 65 delpresente Reglamento.11.3) AR

REGLAMENTO DE COMPETENCIA 2017 BASQUETBOL MASCULINO INDICE Capítulo I GENERALES Art. 1 Objetivos 5 Art. 2 Competencias Oficiales 5 Art. 3 Concepto de Temporada 5 Art. 4 Denominación 5 Art. 5 Participantes 5 Art.

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