PORTACIÓN ILEGAL DE ARMA DE FUEGO

3y ago
64 Views
2 Downloads
505.53 KB
17 Pages
Last View : 1d ago
Last Download : 3m ago
Upload by : Ophelia Arruda
Transcription

Universidad Rural de GuatemalaFacultad de Ciencias Jurídicas y SocialesDerecho Procesal Penal ILicda: Dulce ChanaxPORTACIÓN ILEGALDE ARMA DE FUEGOINTEGRANTES DEL GRUPONombre1.2.3.4.5.6.7.8.9.Orlando de Jesús Arroyo ChocónCarlos Daniel Jerónimo GutiérrezGlenda Esmeralda López GarcíaYeimy cariely Villeda PerlaHéctor Daniel Barillas PérezCristian Castro-Conde ArévaloNicolas Belarmino Tuj ChacomSonia Magalí Gonzalez CuqueAngelica Susana Martin 14-108-0276

ANÁLISIS DE LA LEY DE ARMAS Y MUNICIONESLa actual Ley de Armas y Municiones, Decreto 15-2009 regula la tenencia yportación de armas y municiones dentro del territorio nacional, para lo cualrealiza unaClasificación y descripción de las armas, además de regular los requisitos paraportarlas.De igual forma se regulan los tipos delictivos en los que se puede incurrir por elincumplimiento de las disposiciones normativas reguladas en dicha ley, ademásdel órgano competente ante el cual se realizan todos los trámites para laobtención de la licencia para portar armas.Disposiciones generalesEl derecho a portar armas se reconoce en la Constitución Política de la Repúblicade Guatemala, en el Artículo 38, al establecer lo siguiente: “Se reconoce elderecho de tenencia de armas de uso personal, no prohibidas por la ley, en ellugar de habitación.No habrá obligación de entregarlas, salvo en los casos que fuera ordenado porjuez competente. Se reconoce el derecho de portación de armas regulado por laley”.El anterior Artículo que reconoce a los particulares el derecho a portar armas,remite la regulación de ese derecho a normas con jerarquía de ley, es decir, laportación de cualquier tipo de arma debe estar sujeta a las condiciones que parael efecto imponga la ley respectiva.Esta garantía de legalidad obliga a que solamente el Congreso de la Repúblicapueda determinar las condiciones para el ejercicio de tal derecho, que, comotodos los demás, no tiene carácter de absoluto e ilimitado, sino que se relativizaen orden a valores superiores del ordenamiento constitucional, que consisten enel respeto a la libertad y la seguridad ajena y cuya protección se encuentra en elArtículo 44 de la Carta Magna, que regula en su parte conducente:“El interés social prevalece sobre el interés particular”.El derecho de portación de armas que se concede a las personas por la LeyFundamental, únicamente se entiende en razón directa del interés social paraqueel uso de las mismas sea eminentemente para la defensa personal, que es partede la seguridad del sujeto, por lo cual lógicamente se debe de permitir laportación de armas que no tengan una magnitud tal que exceda de la defensapersonal del individuo.El derecho a portar armas se debe considerar dentro del contexto social como unhecho que la ley reconoce por estrictas causas de necesidad de la persona, que seveobligada por razones de peso a sentirse protegida y darse por ende esa autoprotección que el estado en su inmensidad e imperfección no puede abarcar.

Esa auto-protección a través de armas no debe entenderse como una cuestióncotidiana y universal, toda vez que los particulares no necesitan de armas parasu desenvolvimiento diario. De forma sintetizadael objeto de la Ley de Armas y Municiones, según el Artículosegundo es regular la tenencia, portación, importación; exportación, fabricación,comercialización, donación, traslado, compraventa, almacenaje, transporte,tráfico ytodos los servicios relativos a las armas y las municiones.Para una mejor aplicación de la Ley de Armas y Municiones, y así como para elcorrecto ejercicio de portar armas, la ley regula una clasificación de las armas. Endicha clasificación establece las armas que pueden ser de uso de los particularesy cuáles son de uso exclusivo del Ejército de Guatemala.El Artículo cuatro regula dicha clasificación.De una forma resumida Establece la existencia de armas de fuego, armas deacción por gases comprimidos, armas mancas, explosivas, armas químicas,armas biológicas, atómicas, misiles, trampas bélicas, armas experimentales,armas hechizas y/o artesanales.A su vez las armas de fuego se sub-dividen en: bélicas o de uso exclusivo delEjército de Guatemala, de uso de las fuerzas de seguridad y orden público delestado, de uso y manejo individual, de uso civil, deportivas y de colección o demuseo.Armas de fuego largas: los rifles, carabinas y escopetas con largo de cañón dehasta 36 pulgadas, utilizadas en eventos internacionales, olímpicos y otrosorganizados por las federaciones nacionales de tiro y entidades deportivasreconocidas por la ley.Armas de fuego de caza: revólveres, pistolas, rifles, carabinas, escopetas con largode cañón de hasta 36 pulgadas. Para incurrir en el tipo delictivo regulado en elArtículo 123 de portación ilegal de arma de fuego de uso civil y/o deportivas, dela Ley o en la falta que se establece en el Artículo 132 por portación de arma defuego con licencia vencida, será únicamente con la portación de armas de fuegode uso civil y/o deportivas, de acuerdo con la clasificación antes expuesta.DIGECAMLa DIGECAM –Dirección General de Control de Armas y Municiones-es unadependencia auxiliar del Ministerio de la Defensa Nacional, que tiene comofunción primordial el registro y control y todo lo relacionado a las armas de fuegoy sus municiones.La DIGECAM fue creada por medio del Decreto 39-89 del Congreso de laRepública de Guatemala, el 29 de junio del año 1989.

Emitir el documento que acredite la tenencia de las armas.De acuerdo a las funciones que desempeña la DIGECAM, considero que es unainstitución que tiene un grado alto de responsabilidad, toda vez que si el registrode armas de fuego está debidamente actualizado, junto con las huellas balísticasde las armas de fuego, se puede determinar de forma precisa quien es el dueño deun arma que fue utilizada para cometer algún tipo delictivo, recurriendo a la basede datos con la que cuenta la DIGECAM y poder de forma eficaz individualizar alpresunto responsable.Compra-venta de armas de fuego y municionesPara llevar a cabo una compra-venta de armas de fuego y municiones la Ley, enel Artículo 55 regula que se deben de cumplir con los siguientes requisitos, que seresumen de la siguiente forma:Presentar a la DIGECAM declaración jurada ante notario, que deberá contener: nombres y apellidos del solicitante, edad, estado civil, nacionalidad,profesión, número de documento de identificación personal, dirección deldomicilio y lugarde trabajo. Fotocopia legalizada del documento personal. Certificación de carencia de antecedentes penales y policiacos. Certificación contable de ingresos o estados financieros. Fotocopia legalizada del testimonio de la escritura constitutivadebidamente inscrita en el Registro Mercantil, si el solicitante es unapersona jurídica Fotocopia legalizada de la patente de comercio desociedad y de empresa, siel solicitante es persona jurídica y fotocopia legalizada de la patente decomercio de empresa, si el solicitante es persona individual. Fotocopia legalizada del nombramiento de representante legal, si elsolicitante es una persona jurídica. Certificación que compruebe que se encuentra, el solicitante, inscrito comosujeto de contribución fiscal.Considero que el legislador fue sumamente meticuloso al establecer los requisitosnecesarios para llevar a cabo la compra-venta de un arma de fuego. Situación queresulta atinada, toda vez que es necesario contar con un registro de informaciónsuficiente sobre personas que están comerciando armas de fuego, con la finalidadde evitar que exista un tráfico ilegal de armas de fuego. Además de contar con laidentidad exacta de las personas que adquieren un arma de fuego, cuestión de

gran importancia, toda vez la responsabilidad que se deriva de la obtención de unarma de fuego.Para la compra-venta de municiones es necesario presentar la tarjeta de registrode la tenencia extendida por la DIGECAM, o con la presentación de la licencia deportación del arma.La cantidad máxima de municiones que se pueden adquirir mensualmente es de250 unidades de munición por cada una de las armas registradas en la licenciadel solicitante ó200 con el registro de tenencia. De acuerdo al Artículo 60 de la Ley. Es de granimportancia el hecho que solamente se les pueda vender municiones a aquellaspersonas que cuenten con licencia de portación o registro de tenencia de arma defuego, debido a que se restringe el acceso a municiones a personas que noconsten dentro de la base de datos del DIGECAM.Por otro lado reflexiono que la cantidad de municiones que se pueden vender esdemasiado alta, toda vez que se promedia a un uso de cinco municiones diarias,lo cual es poco pertinente, debido a que se le puede dar al arma de fuego un usono apropiado.

FUNDAMENTO LEGAL DEL DELITO DE PORTACION ILEGAL DE ARMA DEFUEGO.1) CONSTITUCIÓN POLITICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALAa. ARTICULO 01 – Protección a la Persona – El Estado deGuatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; sufin supremo es le realización del bien común.b. ARTICULO 02 – Deberes del Estado - Es deber del Estadogarantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, lajusticia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.c. ARTÍCULO 03 – Derecho a la vida - El Estado garantiza y protegela vida humana desde su concepción, así como la integridad y laseguridad de la persona.d. ARTÍCULO 06 – Detención Legal – Ninguna persona puede serdetenida o presa, sino por causa de delito o falta y en virtud de ordenlibrada con apego a la ley por autoridad judicial competente. Seexceptúan los casos de flagrante delito o falta. Los detenidosdeberán ser puestos a disposición de la autoridad judicialcompetente en un plazo que no exceda de seis horas, y no podránquedar sujetos a ninguna otra autoridad. El funcionario o agente dela autoridad que infrinja lo dispuesto en este artículo será sancionadoconforme a la ley, y los tribunales, de oficio, iniciarán el procesocorrespondiente.e. ARTÍCULO 12 – Derecho de Defensa – La defensa de la persona ysus derechos son inviolables. Nadie podrá ser condenado, ni privadode sus derechos, sin haber sido citado, oído y vencido en procesolegal ante juez o tribunal competente y preestablecido. Ningunapersona puede ser juzgada por Tribunales Especiales o Secretos, nipor procedimientos que no estén preestablecidos legalmente.f. ARTÍCULO 25 – Registro de personas y vehículos – El registro delas personas y de los vehículos, sólo podrá efectuarse por elementosde las fuerzas de seguridad cuando se establezca causa justificadapara ello. Para ese efecto, los elementos de las fuerzas de seguridaddeberán presentarse debidamente uniformados y pertenecer almismo sexo de los requisados, debiendo guardarse el respeto a ladignidad, intimidad y decoro de las personas.g. ARTÍCULO 38 – Tenencia y portación de armas –Se reconoce elderecho de tenencia de armas de uso personal, no prohibidas por laley, en el lugar de habitación. No habrá obligación de entregarlas,salvo en los casos que fueran ordenado por el juez competente. Sereconoce el derecho de portación de armas, regulado por la ley.2) LEY DE ARMAS Y MUNICIONES – DECRETO 15-2009

a. ARTÍCULO 01 – Naturaleza – La presente Ley norma la tenencia yportación de armas y municiones dentro del territorio nacional, enapego a la Constitución Política de la República de Guatemala.b. ARTÍCULO 02 – Objeto –La presente Ley regula la tenencia,portación, importación, exportación, fabricación, comercialización,donación, traslado, compraventa, almacenaje, desalmacenaje,transporte, tráfico y todos los servicios relativos a las armas ymuniciones.c. ARTÍCULO 09 – Armas de fuego de uso civil – Para los efectos dela presente Ley, se consideran armas de fuego de uso civil losrevólveres y pistolas semiautomáticas, de cualquier calibre, así comolas escopetas de bombeo, semiautomáticas, de retrocarga yavancarga con cañon de hasta veinticuatro (24) pulgadas y rifles deacción mecánica o semiautomática.d. ARTÍCULO 70 – Portación – Con autorización de la DIGECAM, losciudadanos guatemaltecos y extranjeros con residencia temporal opermanente legalmente autorizada, podrán portas armas de fuego delas permitidas por la presente Ley, salvo las prohibiciones contenidasen este cuerpo legal.e. ARTÍCULO 81 – Secuestro o incautación de armas – La autoridadque proceda a recoger armas en calidad de decomiso, está obligadaa extender inmediatamente constancia, debidamente firmada ysellada que ampare tal situación. Las armas decomisadas por unafalta podrán ser reclamadas por el propietario en un plazo que noexceda de seis (6) meses a contar de la fecha de la sentencia quehaya declarado el decomiso temporal, previo a pagar la multacorrespondiente y presentar la documentación pertinente. Si dentrode proceso penal que se instruya en contra de una personasindicada de participar en un hecho catalogado como delito sehubiere decretado el secuestro de las armas, podrán recuperarse siel sindicado ha sido declarado absuelto en sentencia firme, salvo elderecho de terceros. La solicitud de devolución de las armassecuestradas podrá hacerse en un plazo no mayor de tres (3)meses, contados a partir de la fecha en que la sentencia hayaquedado firme A la solicitud deberá acompañarse certificación de lasentencia que declaró absuelto al sindicado y constancia del tribunalcorrespondiente, donde se indique que el proceso se encuentrafenecido. No podrán devolverse armas no registradas. Las armasque no sean reclamadas en los períodos mencionados, la DIGECAMdará aviso a la autoridad competente del Organismo Judicial para loque proceda.f. ARTÍCULO 123 – Portación ilegal de armas de fuego de uso civily/o deportivas –Comete delito de portación ilegal de armas de fuegode uso civil y/o deportivas, quien sin licencia de la DIGECAM o sinestar autorizado legalmente porte armas de fuego de las clasificadasen esta Ley como de uso civil, deportivas o de ambas clases. Elresponsable de este delito será sancionado con prisión de ocho (8) adiez (10) años inconmutables y comiso de las armas.3) LEY DE LA POLICIA NACIONAL CIVIL – DECRETO 011-97.

a. ARTÍCULO 01 - La seguridad pública es un servicio esencial decompetencia exclusiva del Estado y para ese fin se crea la PolicíaNacional Civil.b. ARTÍCULO 02 – La policía nacional civil es una instituciónprofesional armada, ajena a toda actividad política. Su organizaciónes de naturaleza jerárquica y su funcionamiento se rige por la másestricta disciplina. La Policía Nacional Civil ejerce sus funcionesdurante lasveinticuatro horas del día en todo el territorio de larepública. Para efectos de su operatividad estará dividida en distritosy su número y demarcación serán fijados por su Dirección General.Estaintegrada por los miembros de la carrera policial y de la carreraadministrativa. En el reclutamiento selección, capacitación, ydespliegue de su personal debe tenerse presente el caráctermultiétnico y pluricultural de Guatemala.c. ARTÍCULO 06 - Todos los habitantes de la República deberán deprestar la colaboración necesaria a los miembros de la PolicíaNacional Civil en el ejercicio de sus funciones.d. ARTÍCULO 09 - La Policía Nacional Civil es la institución encargadade proteger la vida, la integridad física, la seguridad de las personasy sus bienes, el libre ejercicio de los derechos y libertades, así comoprevenir, investigar y combatir el delito preservando el orden y laseguridad pública.e. ARTÍCULO 10 - Para el cumplimiento de su misión, la PolicíaNacional Civil desempeñará las siguientes funciones: a) Por iniciativapropia por denuncia o por orden del Ministerio Público: 1) Investigarlos hechos punibles perseguibles de oficio e impedir que estos seanllevados a consecuencias ulteriores; 2) Reunir los elementos deinvestigación útiles para dar base a la acusación en proceso penal;b) Auxiliar y proteger a las personas y velar por la conservación ycustodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro porcualquier causa. c) Mantener y restablecer, en su caso el orden y laseguridad publica. d) Prevenir la comisión de hechos delictivos, eimpedir que estos sean llevados a consecuencias ulteriores. e)Aprehender a las personas por orden judicial o en los casos deflagrante delito y ponerlas a disposición de las autoridadescompetentes dentro del plazo legal. f) Captar, recibir y analizarcuantos datos tengan interés para la seguridad pública, estudiar,planificar y ejecutar métodos y técnicas de prevención y combate dela delincuencia y requerir directamente a los señores jueces, encasos de extrema urgencia, la realización de actos jurisdiccionalesdeterminados con noticia inmediata al Ministerio Público. g)Colaborar con los servicios de protección civil en los casos de graveriesgo, catástrofes y calamidad publica en los términos establecidosen la ley. h) Vigilar e inspeccionar el cumplimiento de la leyes ydisposiciones generales, ejecutando las órdenes que reciba de lasautoridades en el ámbito de sus respectivas competencias. i)Prevenir, investigar y perseguir los delitos tipificados en las leyesvigentes del país. j) Colaborar y prestar auxilio a las fuerzas deseguridad civil de otros países, conforme a lo establecido en los

Tratados o Acuerdos Internacionales de los que Guatemala seaparte o haya suscrito. k) Controlar a las empresas y entidades quepresten servicios privados de seguridad, registrar autorizar ycontrolar su personal, medios y actuaciones. l) Coordinar y regulartodo lo relativo a las obligaciones del Departamento de Tránsito,establecidas en la ley de la materiam) Organizar y mantener en todoel territorio nacional el archivo de identificación personal yantecedentes policiales. n) Atender los requerimientos que, dentro delos limites legales, reciban del Organismo Judicial, Ministerio Públicoy demás entidades competentes. ñ) Promover la corresponsabilidady participación de la población en la lucha contra la delincuencia. o)Las demás que le asigna la ley.f. ARTÍCULO 11 - La actuación de la Policía Nacional Civil, seadecuará a los principios básicos contenidos en la presente ley conespecial atención a las exigencias de los derechos humanos y a sucondición de servicio público esencial.g. ARTÍCULO 12 - Son los principios básicos de actuación de losmiembros de la Policía Nacional Civil los siguientes: 1) Adecuación alordenamiento jurídico: a) Ejercer su función con absoluto respeto a laConstitución Política de la República de Guatemala a los derechoshumanos individuales y al ordenamiento jurídico en general. b)Actuar con absoluta neutralidad política e imparcialidad y sindiscriminación alguna, por razón de raza, religión, sexo, edad, color,idioma, origen, nacionalidad, posición económica, nacimiento ocualquier otra condición social u opinión. c) Actuar con integridad ydignidad y abstenerse de todo acto de corrupción y oponerse a élresueltamente. d) Sujetarse en su actuación profesional a losprincipios de jerarquía y subordinación. En ningún caso, el principiode obediencia podrá amparar ordenes que entrañen ejecución deactos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a laConstitución o a las leyes. e) Colaborar pronta y cumplidamente conla administración de justicia y auxiliarla en los términos establecidosen la ley. 2) Relaciones con la comunidad: a) Evitar en el ejercicio desu actuación profesional cualquier práctica abusiva, arbitraria odiscriminatoria. b) Observar en todo momento un trato correcto yesmerado en sus relaciones con la población a la que auxiliarán yprotegerán siempre que las circunstancias lo aconsejen o fuerenrequeridos para ello informándola acerca de las causas y finalidadesde su intervención. c) Actuar en el ejercicio de sus funciones, con ladecisión necesaria y sin demora, cuando de ello dependa evitar undaño grave, inmediato e irreparable, rigiéndose al hacerlo por losprincipios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en lautilización de los medios a su alcance.

ANÁLISIS DE LA LEY DE ARMAS Y MUNICIONES La actual Ley de Armas y Municiones, Decreto 15-2009 regula la tenencia y portación de armas y municiones dentro del territorio nacional, para lo cual realiza una Clasificación y descripción de las armas, además de regular los requisitos para portarlas.

Related Documents:

Imagen 48. Arma tiro a tiro, fusil M24-A1 SWS REMINGTON Cal. 7.62 mm Imagen 49. Arma tiro a tiro, escopeta Monotiro REMINGTON Cal. 12 Imagen 50. Arma de repetición, revolver RUGER REDHAWK Cal. .357 Imagen 51. Arma de repetición, fusil M40-A4 SWS REMINGTON Cal. 7.62 mm Imagen 52. Arma de repetición, carabina de palanca REMINGTON Cal. .30-06 .

LAMPIRAN 1 SIARAN PERS SWI OKTOBER I. Daftar Entitas Investasi Ilegal Yang Ditangani Satgas Waspada Investasi a. Pelaku Kegiatan Usaha Investasi Ilegal Yang Dihentikan

Prostitución Legal, Ilegal y Clandestina en el Perú. Comentario sobre algunas precisiones del Tribunal Constitucional. Por: Hugo Müller Solón1 mullerabogados@hotmail.com I. Introducción II. Prostitución legal, ilegal o clandestina. III. Prostitución consentida y prostitución forzada IV.

innych zgrupowań Arma 3. 2.2. Odejście lub wydalenie z grupy jest równoznaczne z utratą wszystkich baretek, odznaczeń oraz stopnia. 2.3. Modyfikacje używane przez grupę mogą być wykorzystywane T Y L KO I W Y Ł ĄCZ NI E na serwerze grupy. 2.4. ModyiTeamS peak 3 Cl i ent musząbyćpobraneT Y L KO I W Y Ł ĄCZ NI E z

Arma 3 is an open world tactical shooter video game created by Bohemia Interactive for Microsoft Windows. For additional informations on Bohemia Interactive check the website www.bistudio.com For additional informations and media on Arma

The PDF/A format might itself become obsolete, but more impor-tantly, it does not accommodate the pres- . of tactical projects that can help improve . 2015 ARMA International, www.arma.org 3 e-discovery. With the extensive awareness

UNDÉCIMO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES OEA/Ser.L.X.2.11 17 de marzo de 2011 CICTE/INF.3/11 Washington, D.C. 17 marzo 2011 Original: inglés DISCURSO PRINCIPAL DE LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA DE . siendo uno de los principales el comercio ilegal de drogas, así como el tráfico ilegal de armas de fuego y la trata de personas, las .

3.1 Dirección general de control de armas y municiones 49 3.2 Ley de portación ilegal de armas de fuego 53 3.3 El delito de portación ilegal de armas de fuego 64 3.4 Elementos 67 3.4.1 Elemento material 67 3.4.2 Elemento real 68 3.5 Pena 69