RESOLUCIÓN 2 FECHA: 2 De Junio De 2020 ASUNTO:

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RESOLUCIÓN 2FECHA: 2 de junio de 2020ASUNTO: RESOLUCIÓN CLASIFICACIÓN COMPETICIONESDESTINO: Delegaciones Provinciales y ClubesANTECEDENTESPrimero.- El Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para lagestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 estableció en suartículo 10 lo siguiente:“3. Se suspende la apertura al público de los museos, archivos, bibliotecas,monumentos, así como de los locales y establecimientos en los que se desarrollenespectáculos públicos, las actividades deportivas y de ocio indicados en el anexo delpresente real decreto.ANEXORelación de equipamientos y actividades cuya apertura al público queda suspendida conarreglo a lo dispuesto en el artículo 10.Deportivos:Locales o recintos cerrados.Campos de fútbol, rugby, béisbol y asimilables.Campos de baloncesto, balonmano, balonvolea y asimilables.Campos de tiro al plato, de pichón y asimilables.Galerías de tiro.Pistas de tenis y asimilables.Pistas de patinaje, hockey sobre hielo, sobre patines y asimilables.Piscinas.Locales de boxeo, lucha, judo y asimilables.Circuitos permanentes de motocicletas, automóviles y asimilables.Velódromos.Hipódromos, canódromos y asimilables.Frontones, trinquetes, pistas de squash y asimilables.Polideportivos.Boleras y asimilables.Salones de billar y asimilables.Gimnasios.Pistas de atletismo.Estadios.Otros locales, instalaciones o actividades asimilables a los mencionados”

El estado de alarma ha sido prorrogado en varias ocasiones, finalizando laactual el 8 de junio, si bien pudiera prorrogarse con posterioridad a dicha fecha.Segundo.- La Orden de 13 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidaspreventivas de salud pública en la Comunidad de Andalucía como consecuencia de lasituación y evolución del coronavirus (COVID-19) aprobada por la Consejería de Salud yFamilias de la Junta de Andalucía dispone entre las medidas de protección de la salud,ante la existencia de un riesgo inminente y extraordinario para la salud, las siguientes:“6. Medidas preventivas en materia de cultura, ocio y deporte:c) Suspensión de la actividad de las instalaciones deportivas, cierre degimnasios, salas de entrenamiento y discotecas.d) La suspensión de todos los eventos, actividades y competiciones deportivasque se tengan previsto celebrar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía”Tercero.- En la misma línea que las normas referidas la Orden de 14 de marzo de 2020,por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la ComunidadAutónoma de Andalucía como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus(COVID-19) determinó la suspensión de la actividad en el ámbito territorial de laComunidad Autónoma de Andalucía de las actividades recreativas recogidas en elanexo del Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo deEspectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos deAndalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horariosde apertura y cierre, entre las que se encuentra las Actividades deportivas.Cuarto.- En aras a la protección y salud de los deportistas, la Comisión Gestora de laFederación Andaluza de Baloncesto acordó en sesión celebrada el 11 de marzo de2020 la suspensión inmediata de todas sus competiciones (provinciales y autonómicas)y cualesquiera actividades deportivas que son de su competencia, incluidas reunionespresenciales de órganos técnicos, escuelas y concentraciones de Baloncesto.

Quinto.- El 30 de abril de 2020 la Presidencia del Consejo Superior de Deportesdictó Resolución relativa a las competiciones deportivas oficiales no profesionalesde la temporada 2019/20, así como sobre la aprobación y publicación del ProtocoloBásico de Actuación para la vuelta a los entrenamientos y el reinicio de lascompeticiones federadas y profesionales, acordando que las Comisiones Delegadasde las Federaciones Deportivas españolas asumirían las competencias paradeterminar la suspensión definitiva de las ligas regulares no profesionales y el ordenclasificatorio de las mismas, con fijación de ganadores, ascensos y/o descensos, asícomo la determinación de otras cuestiones que guarden relación con los aspectosdeportivo-competicional, en base a criterios de objetividad, integridad, justificadeportiva y resultados competitivos.Sexto.- El 8 de mayo la Comisión Gestora de la Federación Andaluza de Baloncestosolicitó autorización a la Secretaria General para el Deporte de la Consejería deEducación y Deporte de la Junta de Andalucía para poder suspender y/o dar porfinalizadas las competiciones andaluzas, elaborando clasificaciones finales en lasdistintas competiciones, la cual fue concedida mediante Resolución de fecha 14 demayo de 2020.Séptimo.- El pasado 18 de mayo la Comisión Gestora de la FAB Acordó porunanimidad:Primero.- Acordar la finalización de la competición de Primera NacionalMasculina y Femenina.Segundo.- Acordar la finalización de las competiciones provinciales en susdistintas categorías.Tercero.- No se producirán descensos deportivos en la Temporada 2019-2020de Primera División Masculina y Femenina a competición provincial.Cuarto.- El orden clasificatorio de la competición de Primera NacionalMasculina y Femenina, así como en las competiciones provinciales en susdistintas categorías será determinado una vez se reciba Informe al respectosobre las competiciones nacionales.

Octavo.- Una vez se ha tomado conocimiento de los acuerdos adoptados por la FEBrespecto a las competiciones nacionales, procede determinar el orden clasificatoriode las distintas competiciones organizadas por la FAB, versando el presente informede la aplicación reglamentaria al respecto.FUNDAMENTOS DE DERECHOPrimero.- La Comisión Gestora es competente para determinar las clasificaciones delas competiciones organizadas por la FAB en virtud de la autorización de laSecretaria General para el Deporte de la Consejería de Educación y Deporte de laJunta de Andalucía de 14 de mayo de 2020.Segundo.- Primera Nacional Masculina y Femenina.1. Bases y sistemas de competición.1.1. Masculina:1º.- Fase Competición: LIGA A DOBLE VUELTA, TODOS CONTRA TODOS, DOSGRUPOS DE 13 EQUIPOS.2º.- Fase Competición, 1/4 DE FINAL IDA Y VUELTA, 1º ENCUENTRO CASA PEORCLASIFICADO.3º.- Fase Competición: FINAL FOUR, GANADORES CUARTOS DE FINAL.1.2 Femenina:1º.- Fase Competición: LIGA A DOBLE VUELTA, TODOS CONTRA TODOS, DOSGRUPOS DE 12 EQUIPOS.2ª.- Fase Competición: 1/4 DE FINAL IDA Y VUELTA, 1º ENCUENTRO CASA PEORCLASIFICADO.3º.- Fase Competición: FINAL FOUR, GANADORES CUARTOS DE FINAL.4º.- FASE CLASIFICATORIA ASCENSO LF2: LIGA A UNA SOLA VUELTA.

Clasificación a fecha de la suspensión de la competición.1.2. Masculina:Grupo AN NombreP.J P.G P.PP.FP.CPuntos1GYMNÁSTICA P.1713412561077302MULTIOPTICAS PEÑARROYA1812613251251303GREEN BIOZONE MOGUER1712512101158294CIUDAD DE HUELVA1712511971074295C.B. CIUDAD DE PALOS1712511631139296P.M.D. ALJARAQUE1810812891306287CIUDAD DE CÓRDOBA1881012381284268PMD GIBRALEÓN169711451087259MARISTAS CÓRDOBA18711125712502510 C.B. CORIA18711126413132511 XEREZ CLUB DEPORTIVO BALONCESTO18612122912472412 RC LABRADORES17413102011752113 SLOPPY JOE'S C.D. GINES BALONCESTO171161065129718P.FP.CPuntosGrupo BN NombreP.J P.G P.P1COLEGIO EL PINAR1817115511249352CAB ESTEPONA1814415471215323BASKET 4LIFE ÉN C.B.1812613981323306CLUB BASQUET BENALMADENA1881013281346267LINKASA CAB LINARES178911471296258PC BOX GMASB178912571345259C.LENGUAS ALMERÍA-CD ROQUETAS BC1679110911552310 NACEX ALMERÍA17611132613632311 MAGAR - B. MURGI17413114712522112 EL TOYO BASKET18315111313802113 ESTUDIANTES HUERCAL C.B. ALMERIA17017983145517

2.2Femenina:a@&J) 5N NombreP.J P.G P.P P.FP.C Puntos1 BEIMAN BALONCESTO SEVILLA FEMENINO19 19 0 1462 910382 DKV EL PUERTO19 12 7 1292 1129313 SLOPPY JOE'S C.D. GINES BALONCESTO19 12 7 1090 958314 MARISTAS CORDOBA19 12 7 1131 975315 BRUTAL ZAPAS CIUDAD DE HUELVA19 12 7 1147 1083316 CADIZ CB GADES18 11 7 1106 1019297 CB LEPE ALIUS EL JAMÓN19 9 10 1050 1109288 SD CANDRAY ABANCE19 9 10 930 1047279 ADEBA CORDOBA19 7 12 1074 12172610 CLUB NAUTICO SEVILLA18 5 13 938 11112311 DKV JEREZ19 3 16 968 13272212 DBD CB CIUDAD DE DOS HERMANAS19 2 17 879 118221a@&J) bN P.J P.G P.P P.FNombreP.C Puntos1 CAB ESTEPONA19 18 1 1718 757372 ASISA-CB ALHAURIN DE LA TORRE19 17 2 1518 909363 AGUSTINOS19 14 5 1227 1061334 DOMCA RACA GRANADA19 11 8 1025 1114305 LA SALLE MELILLA19 10 9 1064 1154296 CFI REINA ISABEL GMASB19 10 9 1110 1054297 BASKET 4LIFE - CB EL PALO19 9 10 1072 1052288 JAÉN C.B.19 9 10 1172 1164289 CAÑADA RIEGOS - CD ROQUETAS BC19 8 11 1037 11212710 GRAFICAS COPY CAB LINARES19 5 14 1082 14602411 TORINO MOTOR EBG MALAGA19 2 17 863 13262112 ALQUIAUTO-CD PRESENTACIÓN GRANADA19 1 18 833 154920

2.En la competición de Primera Nacional tanto masculina como femenina lafinalización de la competición se ha producido habiendo concluido la primera vuelta dela liga regular. El orden clasificatorio de la liga regular otorga el derecho a participar enlas siguientes fases hasta culminar en la de ascenso, por lo cual no habiéndosedisputado ninguna de estas fases se debe de establecer los criterios para definir losascensos tanto a LIGA EBA como a LIGA FEMENINA 2.La Federación Española de Baloncesto en casos como el presente, y en concretoen LIGA EBA, en los que no se ha disputado la fase de ascenso ha seguido el siguientecriterio mediante Resolución de fecha 8 de mayo de 2020: “el número de años departicipación en competición FEB en los últimos cinco (5) temporadas y, en segundo lugar,el número de participaciones en competiciones superiores en los referidos cinco (5)temporadas.”Tercero.- Orden clasificatorio.El orden clasificatorio vendrá determinado por el que hubiera en el momentode finalización de las competiciones, con independencia del número de encuentrosdisputados y la existencia de varios grupos.Para determinar las plazas de ascenso, se atenderá a la posición que tuvieranlos equipos en el momento de finalización de la competición, y en caso de existenciade varios grupos dentro de la misma categoría, se establecerá el orden clasificatorioentre equipos situados en la misma posición de cada grupo (primero con primero,segundo con segundo, tercero con tercero ), conforme a los siguientes criterios pororden de preferencia:1º.- El número de años de participación en competición FEB en los últimos cinco (5)temporadas.2º.- En segundo lugar, el número de años de participaciones en competiciones FABa nivel autonómico y provincial en los referidos cinco (5) temporadas.3º.- En tercer lugar, el número de equipos inscritos en las referidas cinco (5)temporadas en las competiciones autonómícas y provinciales organizadas por la FAB.En caso de renuncia a ocupar una plaza de ascenso no se alterará el ordenclasificatorio.

Vistos los antecedentes y fundamentos que se reflejan, se RESUELVE:Primero.- Primera Nacional (N1) Masculina:Clasificación final:1234COLEGIO EL PINARCAB ESTEPONABASKET 4LIFE MÁLAGAAGUSTINOS-GYMNÁSTICA P.MULTIOPTICAS PEÑARROYAGREEN BIOZONE MOGUERCIUDAD DE HUELVAEn virtud de los criterios establecidos en el fundamento de derecho tercero,ascienden a LIGA EBA: Colegio El Pinar y Gymnástica Portuense.Segundo.- Primera Nacional (N1) Femenina:Clasificación final:1 CAB ESTEPONA2 ASISA-CB ALHAURIN DE LA TORRE3 SLOPPY JOE'S C.D. GINES BALONCESTO4 MARISTAS CORDOBA-BEIMAN BALONCESTO SEVILLAFEMENINODKV EL PUERTOAGUSTINOSDOMCA RACA GRANADAEn virtud de los criterios establecidos en el fundamento de derecho terceroasciende a LIGA FEMENINA 2: CAB Estepona.

Tercero.- Competiciones Provinciales.El orden clasificatorio en las competiciones provinciales vendrá determinadopor el que hubiera en el momento de finalización de las competiciones, conindependencia del número de encuentros disputados y la existencia de varios gruposen la misma categoría.A tenor del Artículo 84 del DECRETO 205/2018, DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2018,por el que se regula la solución de los litigios deportivos en la comunidad autónoma deAndalucía, podrá interponerse en el plazo de UN MES recurso ante el TribunalAdministrativo del Deporte y cuya tramitación se sustanciará de conformidad con elprocedimiento establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para el recursoadministrativo de alzada.Vº BºPresidente Comisión GestoraSecretario General Comisión GestoraAntonio de Torres GarcíaAntonio Guillén García

El estado de alarma ha sido prorrogado en varias ocasiones, finalizando la actual el 8 de junio, si bien pudiera prorrogarse con posterioridad a dicha fecha. Segundo.- La Orden de 13 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad de Andalucía como consecuencia de la

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opd servicios de salud jalisco guÍa tÉcnica para elaborar organigramas cÓdigo: dom -p003 d2_003 fecha de emisiÓn: 15 de abril del 2004 fecha de actualizaciÓn: 10 de junio del 2011 fecha de autorizaciÓn 17 junio 2011 sellos: documento de referencia autorizaciones elaborÓ: departamento de organización y