Publicado En El Diario Oficial De La Federación El 12 De .

3y ago
47 Views
2 Downloads
264.62 KB
16 Pages
Last View : 1m ago
Last Download : 3m ago
Upload by : Randy Pettway
Transcription

Publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 12 de noviembre de 2010INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIAACUERDO por el que aprueba la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Nacional deEstadística y Geografía.- Junta de Gobierno.Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 del Apartado B de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos; 17 fracción III, 26, 27, 30 fracciones III y IV, 32 fracciones I y II, 35 fracción V, 55fracciones I y II, 57, 58 y 77 fracción VIII de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística yGeográfica; 5 fracción VIII, 24 fracción XIII del Reglamento Interior del Instituto; así como, lo previsto, en laRegla Séptima fracciones III, IV, VII, VIII y XII de las Reglas para la Integración y Operación de los ComitésEjecutivos de los Subsistemas Nacionales de Información, yCONSIDERANDOQue el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en su carácter de organismo público con autonomíatécnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios, tiene por objeto, entre otros, regular elSistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, cuya finalidad es suministrar a la sociedad y alEstado información de calidad, pertinente, veraz y oportuna, a efecto de coadyuvar al desarrollo nacional;Que el Instituto, en su calidad de unidad central coordinadora del Sistema, tiene entre sus funciones, lasde normar y coordinar el Sistema y las Actividades Estadísticas y Geográficas, que lleven a cabo las Unidadesdel Estado, tomando en cuenta los estándares nacionales e internacionales, así como las mejores prácticasen la materia;Que el Domicilio Geográfico se constituye como elemento que pertenece al Grupo de Datos de NombresGeográficos de la Infraestructura de Datos Espaciales de México, como componente del Subsistema Nacionalde Información Geográfica y del Medio Ambiente;Que con la presente Norma, se establecen las especificaciones que permitirán a los usuarios de datos einformación geográfica que el acervo puesto a su disposición por los productores o Unidades del Estado, seaintegrado con facilidad en sus procesos de producción y en los de toma de decisiones; asimismo, se buscaque las Unidades del Estado, al generar e intercambiar datos e información geográfica, muestrenconsistencia, compatibilidad y comparación en sus procesos, como resultado de la estandarización en lacomunicación dentro del Sistema;Por lo anterior, la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía tiene a bien emitir lasiguiente:NORMA TECNICA SOBRE DOMICILIOS GEOGRAFICOSCapítulo I,Objeto.Artículo 1.- La presente Norma Técnica tiene por objetocomponentes y características de la información que constituyecualquier inmueble, que deberá integrarse de forma estructurada,administrativos, que permitan la vinculación de los mismos, y aSistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.establecer las especificaciones de losel Domicilio Geográfico, para identificarestandarizada y consistente en registrossu vez contribuya al fortalecimiento delCapítulo II,Ambito de Aplicación.Artículo 2.- La presente Norma Técnica es de observancia obligatoria para el Instituto y para las Unidadesdel Estado que por sus funciones tengan a su cargo la captación, actualización e integración de registrosadministrativos que contengan Domicilios Geográficos, realizada por sí mismas o por terceros, cuando se lesencomiende dicha actividad.1

Publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 12 de noviembre de 2010Capítulo III,Disposiciones Generales.Artículo 3.- Para efectos de la presente Norma Técnica, se entenderá por:I.Area geoestadística.- la extensión territorial, circunscrita por límites geográficos con fines dereferir información estadística;II.Area Geoestadística Estatal.- la extensión territorial, que contiene todos los municipios quepertenecen a un Estado o delegaciones para el caso del Distrito Federal definidos por “LímitesGeoestadísticos” que se apegan, en la medida de lo posible a los límites político-administrativos;III.Area Geoestadística Municipal o Delegacional.- la extensión territorial integrada por cada uno delos municipios del país y las delegaciones del Distrito Federal, los cuales están definidos por“Límites Geoestadísticos”, que se apegan en la medida de lo posible, a los político-administrativosde cada municipio o delegación;IV.Asentamiento humano.- el establecimiento de un conglomerado demográfico, con el conjunto desus sistemas de convivencia, en un área físicamente localizada, considerando dentro de la mismalos elementos naturales y las obras materiales que la integran;V.Atributo.- la propiedad de los objetos, que describe sus características geométricas, topológicas uotras;VI.Dato.- el valor que una variable estadística o que un objeto espacial geográfico toma en una unidadde observación;VII.Dato espacial.- el registro digital con combinaciones de valores de atributos que lo hacen único einconfundible, respecto a otros datos espaciales y debe estar georreferenciado y contener unatributo que lo relacione con el tiempo para fines de comparación. Un Dato Espacial corresponde auna ocurrencia de un Objeto Espacial;VIII.Domicilio geográfico.- el espacio al interior de una localidad o referido a una vía de comunicaciónque ocupa un inmueble (edificación o terreno) donde pueden establecerse una o más personas ounidades económicas, a fin de dar cumplimiento a sus obligaciones o derechos;IX.Edificación.- Construcción permanente, en áreas abiertas que sirve para diferentes usos;X.INEGI.- el Instituto Nacional de Estadística y Geografía;XI.Localidad.- el lugar ocupado con una o más edificaciones utilizadas como viviendas, las cualespueden estar habitadas o no, este lugar es reconocido por un nombre dado por alguna disposiciónlegal o la costumbre;XII.Manzana.- la extensión territorial que está constituida por un grupo de viviendas, edificios, predios,lotes o terrenos de uso habitacional, comercial, industrial o de servicios; generalmente se puederodear en su totalidad y está delimitada por calles, andadores, brechas, veredas, cercas, arroyos,barrancos o límites prediales;XIII.Marco Geoestadístico Nacional.- el sistema único y de carácter nacional diseñado por el INEGI,para referir geográficamente la información estadística de los censos, las encuestas y los registrosadministrativos. Es la división del país en Areas Geoestadísticas con tres niveles dedesagregación: Estatal o del Distrito Federal (AGEE), Municipal o Delegacional (AGEM) y Básica(AGEB);XIV.Nombre.- el sustantivo propio que identifica a un rasgo geográfico;XV.Norma.- la Norma Técnica sobre Domicilios Geográficos;XVI.Número exterior.- los caracteres alfanuméricos y símbolos que identifican un inmueble en unavialidad;2

Publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 12 de noviembre de 2010XVII.Número interior.- los caracteres alfanuméricos y símbolos que identifican una vivienda oestablecimiento al interior de un inmueble, con número exterior designado;XVIII. Objeto espacial.- el que se refiere a la abstracción a partir de un elemento del espacio geográfico.Puede corresponder con elementos de la naturaleza, con elementos producto de la mano delhombre o con abstracciones numéricas derivadas de las dos anteriores. Su característica intrínsecaes la referencia espacial en dos o tres dimensiones expresada en coordenadas geográficas ocartesianas;XIX.Registro Administrativo.- la inscripción sistemática y en formato especial, de hechos, eventos,acciones, objetos, sujetos, u otras unidades, que realiza una entidad pública para fines de controladministrativo y en el marco de sus atribuciones;XX.Unidades del Estado o Unidades.- las áreas administrativas que cuenten con atribuciones paradesarrollar Actividades Estadísticas y Geográficas o que cuenten con registros administrativos quepermitan obtener Información de Interés Nacional de:a)Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, incluyendo a las de laPresidencia de la República y de la Procuraduría General de la República;b)Los Poderes Legislativo y Judicial de la Federación;c)Las entidades federativas y los municipios;d)Los organismos constitucionales autónomos ye)Los tribunales administrativos federales.Cuando el Instituto genere Información, se considerará como Unidad para efectos de la Leydel Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, yXXI.Vialidad.- la superficie del terreno destinada para el tránsito vehicular y/o peatonal.Artículo 4.- Para la comprensión de esta Norma Técnica se describen las siglas o acrónimos siguientes:I.AGEE.- Area Geoestadística Estatal o del Distrito Federal;II.AGEM.- Area Geoestadística Municipal o Delegacional;Capítulo IV,Especificaciones Técnicas.Artículo 5.- El domicilio geográfico deberá comprender atributos del ámbito urbano-rural, y deberáaplicarse para el concepto de un lugar localizable espacialmente, donde alguien o algo se considereestablecido.Artículo 6.- Para efectos de la presente Norma, se aplicará el concepto de Domicilio Geográfico con unenfoque amplio e incluyente de todas las variantes que pueda presentarse de éste, a nivel nacional y que seafuncional tanto en ámbitos urbanos como en rurales.Artículo 7.- Los componentes que deben integrar el Domicilio Geográfico son:COMPONENTESESPACIALESDE REFERENCIAGEOESTADISTICOSVialidadNúmero ExteriorAGEECarreteraNúmero InteriorAGEMCaminoAsentamiento HumanoLocalidadCódigo PostalDescripción de Ubicación3

Publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 12 de noviembre de 2010Artículo 8.- Las Unidades del Estado deberán realizar la recopilación de los componentes que integran alDomicilio Geográfico, en función de las características de la localidad, de conformidad con lo siguiente:I.Para localidades con amanzanamiento definido, por la existencia de componentes espaciales comola vialidad generalmente concurren todos o casi todos los componentes principales ycomplementarios, a que se refiere el artículo 9 de la presente Norma, yII.Para localidades sin amanzanamiento definido, caserío disperso y domicilios geográficos que estánreferidos a una vía de comunicación, donde se carece de una numeración regular, y por lo generalno existen vialidades y manzanas, los componentes espaciales Carretera y Camino serán análogosa la Vialidad.Artículo 9.- Los componentes que constituyen un Domicilio Geográfico, deberán dividirse en:I.Principales.- Son los componentes que han sido definidos, de acuerdo a su competencia, porCorreos de México, el gobierno del Distrito Federal, los gobiernos municipales y el INEGI o por lacostumbre, en el caso de los nombres geográficos; sin ellos sería difícil localizar un e refiere a la clasificación que se le da a la vialidad,en función del tránsito vehicular y/o LEJONCALZADACERRADACIRCUITOTipo de BOULEVARD,CALZADA, CALLE,PRIVADA, entre otrosDIAGONALEJE ORNOVIADUCTOSustantivo propio que identifica a la vialidadNombre de VialidadLICENCIADO BENITOJUAREZ, LASFLORES,RIO BLANCO,entre otros(1)CarreteraNombre compuesto con el que se identifica a lacarretera, y se construye con los siguientes datos:Término Genérico: CARRETERACARRETERAFEDERAL LIBRE 45TRAMOAGUASCALIENTES -4

Publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 12 de noviembre de 2010COMPONENTEDESCRIPCIONEJEMPLOAdministración: ESTATAL, FEDERAL, MUNICIPAL,PARTICULARLEON KILOMETRO112 300, entre otrosDerecho de Tránsito: CUOTA, LIBRECódigo: Número de la carreteraTramo: Poblaciones Origen-Destino que limitan altramoCadenamiento: Kilómetro en el que se ubica eldomicilio geográficoNombre compuesto con el que se identifica al camino,y se construye con los siguientes ,BRECHA, VEREDATramo: Poblaciones Origen-Destino que limitan altramoMargen: DERECHO, IZQUIERDOCAMINO A AGUADORADA MARGENDERECHOKILOMETRO 20 500,entre otrosCadenamiento: Kilómetro en el que se ubica eldomicilio geográfico cuando se conozcaSe refiere a los caracteres alfanuméricos y símbolos125, 1098, 572-A,que identifican un inmueble en una vialidad. En losMANZANA 15 LOTENúmero Exterior 1 /2casos en los cuales hay doble numeración (oficial o23, entre otrosno), se indica en primer lugar el de mayorreconocimiento.Se refiere a los caracteres alfanuméricos y símbolos2, LOCAL C, L-5, entreNúmero Interiorque identifican uno o más inmuebles pertenecientes aotrosun número exterior(1)Estos componentes serán considerados para los casos en que los domicilios se encuentren enamanzanamientos no definidos, caseríos dispersos y los que están referidos a una vía decomunicaciónClasificación que se da al asentamiento humanoAEROPUERTOAMPLIACIONBARRIOCANTONCIUDADCIUDAD ONJUNTO HABITACIONALHABITACIONAL,Tipo del AsentamientoCORREDOR INDUSTRIALCONDOMINIO,HumanoCOLONIA, EJIDO,COTOGRANJA, RANCHERIA,CUARTELRANCHO, entre ACIENDAINGENIOMANZANA5

Publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 12 de noviembre de 2010COMPONENTEDESCRIPCIONEJEMPLOPARAJEPARQUE MANZANAUNIDADUNIDAD HABITACIONALVILLAZONA FEDERALZONA INDUSTRIALZONA MILITARZONA NAVALSustantivo propio que identifica al asentamiento JARDINES DEL LAGO,NombredelhumanoCENTRO, VILLASAsentamiento HumanoTAURINAS, entre otrosCódigo PostalNúmero que identifica al código postal, constituido porcinco dígitos, obtenido de la información oficial deCorreos de MéxicoSustantivo propio que identifica a la LocalidadNombre de la Localidad20267, 30487,entre otrosENSENADA, SANTAMONICA, VILLA DEARTEAGA,entre otrosClave de la LocalidadNombre del Municipio oDelegaciónClave geoestadística del INEGI de la LocalidadSustantivo propio que identifica al Municipio y en elcaso del Distrito Federal a las Delegaciones0001, 0025, 0036, entreotrosCALVILLO, JEREZ,ACUÑA, BENITOJUAREZ,CUAUHTEMOC,entre otrosClave del Municipio o Clave geoestadística del INEGI del Municipio oDelegaciónDelegación001, 015, 121,Sustantivo propio que identifica a los Estados y alNombre del Estado oDistrito Federaldel Distrito FederalMORELOS, BAJACALIFORNIA SUR,COLIMA, entre otrosClave del Estado o del Clave geoestadística del INEGI del Estado o delDistrito FederalDistrito Federal01, 14, 28,entre otrosentre otros6

Publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 12 de noviembre de 2010II.Complementarios.- Son los componentes que contribuyen a determinar un Domicilio Geográfico,éstos no son habituales en una estructura domiciliar cotidiana;COMPONENTEDESCRIPCIONEJEMPLOREFERENCIA 1:AVENIDA RINCONEntre vialidadesHace referencia al tipo y nombre de las vialidadesentre las cuales se ubica un Domicilio Geográfico,que corresponden a aquellas vialidades quegeneralmente son perpendiculares a la vialidad endonde está establecido el domicilio geográfico deinterésVialidad PosteriorHace referencia al tipo y nombre de la vialidadposterior donde se encuentra el domiciliogeográficoSe refiere a rasgos naturales o culturales(edificaciones) que aportan información adicionalpara facilitar la ubicación del domicilio geográfico,esto es fundamental en vialidades sin nombre y sinnúmero exterior, en caminos, terracerías, brechas,Descripción de Ubicaciónveredas, localidades rurales de difícil acceso,elementos del territorio insular, cadenamientooriginal y que ha sido sustituido por la numeraciónoficial, derivado del crecimiento de una zonaurbana y “domicilios conocidos”.REFERENCIA 2:CALLEJON JESUSMARIAREFERENCIA 3: CALLECOSIOFRENTE A LA ESCUELAPRIMARIA,A 900 METROS ALNORESTE DE LALOCALIDAD LACALERILLAArtículo 10.- Las Unidades del Estado deberán estructurar los componentes del Domicilio Geográfico, enel siguiente orden:I.En domicilios geográficos del ámbito urbano:COMPONENTE DELDOMICILIO GEOGRAFICODESCRIPCION DELCOMPONENTETipo de VialidadNombre de VialidadNúmero Exterior 1Número Exterior 2Número InteriorTipodelAsentamientoHumanoNombre del AsentamientoHumanoCódigo PostalNombre de la LocalidadNombre del Municipio oDelegaciónESTRUCTURADOMICILIARCALLEGABRIEL LEYVA NORTE7321COLONIACALLE GABRIEL LEYVA NORTE 732,INTERIOR 1COLONIA CENTRO8131581315LOS MOCHISLOS MOCHIS, AHOMEAHOMESINALOAENTRE CALLE RAFAEL BUELNA Y CALLENombre del Estado o del SINALOAALFONSO CANO, CALLE FRANCISCODistrito FederalVILLA, A 200 METROS AL NORTE DE LA(2)Entre vialidades : tipo y CALLE RAFAEL BUELNA PLAZA CENTRALnombreY CALLE ALFONSO CANOVialidadnombrePosterior(2)CENTROtipoy CALLE FRANCISCO VILLA(2)A200METROSALNORTE DE LA PLAZACENTRALDescripción de Ubicación7

Publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 12 de noviembre de 2010COMPONENTE DELDOMICILIO GEOGRAFICODESCRIPCION DELCOMPONENTETipo de VialidadAVENIDANombre de VialidadLOMA DE LA PLATANúmero Exterior 1SNESTRUCTURADOMICILIARNúmero Exterior 2Número InteriorTipodelHumanoAsentamiento FRACCIONAMIENTONombreHumanoAsentamiento LOMAS DEL MIRADORdelAVENIDA LOMA DE LA PLATA SN,Código Postal20298Nombre de la LocalidadAGUASCALIENTESNombre delDelegaciónNombre del EstadoDistrito FederalEntre vialidadesnombreVialidad Posteriortipo y nombre(2)odel AGUASCALIENTEStipo(2)Descripción de UbicaciónII.o DOR, 20298AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTESAGUASCALIENTESENTRE AVENIDA JUANA DE ARCO YCALLE ALIANZA, CALLE LOMA AMARILLAFRENTE A LA ESCUELAy AVENIDAJUANADEARCO Y CALLE ALIANZACALLE LOMA AMARILLA(2)FRENTE A LA ESCUELAEn domicilios geográficos del ámbito rural:COMPONENTE DELDOMICILIO GEOGRAFICODESCRIPCION DELCOMPONENTETipo de VialidadCALLENombre de VialidadLOS FRESNOSNúmero Exterior 112ESTRUCTURADOMICILIARNúmero Exterior 2Número InteriorTipodelHumanoAsentamiento COLONIANombreHumanoAsentamiento CHICAHUALESdelCALLE LOS FRESNOS 12,Código Postal20926Nombre de la LocalidadCHICAHUALESNombre del Municipio o JESUS MARIADelegaciónNombre del Estado o del AGUASCALIENTESDistrito Federal(2)Entre vialidadesCALLEALAMEDAYtipo y nombreCALLE PIRULES(2)Vialidad PosteriorCALLE PINOStipo y nombre(2)Descripción de UbicaciónATRAS DE LA CASAEJIDALCOLONIA CHCAHUALES, 20926CHICAHUALES, JESUS MARIAAGUASCALIENTESENTRE CALLE ALAMEDAPIRULES, CALLE PINOSYCALLEATRAS DE LA CASA EJIDAL8

Publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 12 de noviembre de 2010COMPONENTE DELDOMICILIO GEOGRAFICODESCRIPCION DELCOMPONENTETipo de VialidadPRIVADANombre de VialidadNINGUNONúmero Exterior 1SNESTRUCTURADOMICILIARNúmero Exterior 2Número InteriorTipodelHumanoAsentamiento RANCHONombreHumanoAsentamiento LAS LOMASdelCódigo Postal54515Nombre de la LocalidadEL SALITRENombre delDelegaciónMunicipioNombre del EstadoDistrito FederalEntre vialidadesoo JEREZPRIVADA NINGUNO SN,RANCHO LAS LOMAS, 54515EL SALITRE, JEREZZACATECASATRAS SE ENCUENTRA EL ARROYOSAN JULIANdel ZACATECAS(2)tipo y nombreVialidad Posterior(2)tipo y nombreDescripción de Ubicación(2)ATRAS SE ENCUENTRAEL ARROYO SAN JULIANIII.Sobre una vía de comunicación:COMPONENTE DELDESCRIPCION DELDOMICILIO GEOGRAFICOCOMPONENTETipo de VialidadNombre de VialidadNúmero Exterior 1Número Exterior 2Número InteriorTipodelAsentamientoHumanoNombre del AsentamientoHumanoCódigo PostalNombre de la LocalidadNombre del Municipio oDelegaciónNombre del Estado o delDistrito Federal(2)Entre vialidadestipo y nombre(2)Vialidad Posteriortipo y nombre(2)Descripción de OTA15NOGALES-MEXICO, TRAMO LOSMOCHIS-CIUDADOBREGON,MARGEN IZQUIERDOKILOMETRO 209 200SOLAR 14EJIDOCENTAURO DEL NORTECAJEMECARRETERAFEDERALDECUOTA 15 NOGALES-MEXICO,TRAMO LOS MOCHIS-CIUDADOBREGON, MARGEN IZQUIERDOSOLAR 14KILOMETRO 209 200EJIDO CENTAURO DEL NORTECAJEMESONORASONORA9

Publicado en el Diario Oficial de la Federaciónel 12 de noviembre de 2010COMPONENTE DELDOMICILIO GEOGRAFICOTipo de V

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2010 3 XVII. Número interior.- los caracteres alfanuméricos y símbolos que identifican una vivienda o establecimiento a

Related Documents:

Salida de Monedas Extranjeras, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 287 del 22 de Diciembre de 1983. 12.- Decreto No. 805, Ley para Prevenir y Combatir la Descapitalización Económica de la República, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 199 del 3 de Septiembr

En uso de las atribuciones conferidas en la "Ley Creadora de Ministerios de Estado",Decreto 1-90 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 87 de fecha 8 de mayo de 1990 y fundamentado en la "Ley para Concesión de la Personalidad Juridica,Decreto No.639 publicado en la Gaceta,Diario Oficial

publicado en La Gaceta, Diario Oficial, N 39 de fecha 18 de febrero de 1981. POR CUANTO: A la entidad denominada "ASOCIACION SERVICIOS INTEGRALES PARA LA MUJER " (SI MUJER), le fue otorgada Personalidad Jurídica, según Decreto A.N. N 442 y publicado este en la Gaceta, Diario

publicado en la gaceta oficial del estado nÚmero ext. 136 de fecha 04 de abril de 2018. gobierno del estado ——— poder ejecutivo el presente reglamento fue reformada mediante decreto, publicado en la gaceta oficial del estado nÚmero ext. 226, tomo iii, de fecha 5 de junio de 2020. Único.File Size: 373KB

publicado en la gaceta oficial de la ciudad de mÉxico y en el diario oficial de la federaciÓn el 5 de febrero de 2017 gobierno de la ciudad de mexico decreto por el que se expide la constituciÓn polÍtica de la ciudad de

Oficial, La Gaceta Arto. 1 Se reforman los artículos 2, 6, 20 y 21 del Decreto No. 31-2002, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 86 del 10 de mayo de 2002, en el sentido que donde se lee Dirección de Asuntos Legales de la Presidencia de la República, debe leerse Secretaría de Asuntos

Diário Oficial Estado de Roraima - ano XXVI Francisco de Assis Rodrigues - Governador do Estado IMPRENSA OFICIAL www.imprensaoficial.rr.gov.br DECRETO Nº 1.980-P DE 8 DE OUTUBRO DE 2014. O GOVERNADOR DO ESTADO DE RORAIMA, no uso de suas atribuições que lhe confere o art. 62, inciso III, da Constituição Estadual, RESOLVE:

C. FINANCIAL ACCOUNTING STANDARDS BOARD In 1973, an independent full-time organization called the Financial Accounting Standards Board (FASB) was established, and it has determined GAAP since then. 1. Statements of Financial Accounting Standards (SFAS) These statements establish GAAP and define the specific methods and procedures for