Informe Sobre El Comercio Electrónico En Canarias 2018 - Octsi

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INFORME SOBREEL COMERCIOELECTRÓNICOEN CANARIAS 2018(EDICIÓN 2019)OBSERVATORIO CANARIO DELAS TELECOMUNICACIONESY DE LA SOCIEDAD DE LAINFORMACIÓNConsejería de Economía,Conocimiento y EmpleoAgencia Canaria de Investigación,Innovación y Sociedadde la Información

INFORME SOBRE EL COMERCIO ELECTRÓNICOEN CANARIAS 2018 (EDICIÓN 2019)OBSERVATORIO CANARIO DE LAS TELECOMUNICACIONES Y DE LASOCIEDAD DE LA INFORMACIÓNENERO 2020

Edita:Observatorio Canario de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la InformaciónAgencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la InformaciónConsejería de Economía, Conocimiento y EmpleoAvenida Francisco La Roche, 35Edificio Servicios Múltiples I, 7ª planta38071 Santa Cruz de TenerifeC/ León y Castillo, nº 200Edificio Servicios Múltiples III, 6ª planta35071 Las Palmas de Gran CanariaEnero de 2020www.octsi.esEsta obra está distribuida bajo una Licencia Reconocimiento - No comercial – Sin obras derivadas 3.0España de Creative Commons, disponible en: s/(resumen) y s/legalcode.es (texto completo).Se permite la copia, distribución y comunicación pública de la obra siempre que se reconozca a sus autores, se realice sin fines comerciales o lucrativos, y no se altere, transforme o genere una obra derivada apartir de ella.Diseño y maquetación:Daute Diseño, S.L.

ÍNDICEI.INTRODUCCIÓN 07II.RESUMEN EJECUTIVO 09III.EVOLUCIÓN DEL COMERCIO ELECTRÓNICO111. Medidas para favorecer el comercio electrónico121.1 Canarias252. El comercio electrónico en España253. Estimación del comercio electrónico B2C303.1 Estimación del comercio electrónico B2C en Canarias33IV.USO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO POR EMPRESAS37V.USO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO POR PARTICULARES451. Caracterización de los compradores habituales53VI.CUADRO DE MANDO 57VII.ÍNDICES DE FIGURAS Y TABLAS59

Introducción · 7I. INTRODUCCIÓNEste documento constituye el sextoinforme sobre el comercio electrónico enCanarias elaborado por el ObservatorioCanario de las Telecomunicaciones y laSociedad de la Información (OCTSI). Elobjetivo perseguido con esta publicación es proporcionar información sobrela situación en la que se encuentra elArchipiélago a empresas, instituciones ypersonas interesadas, recopilando datosde las distintas fuentes oficiales existentes.En el ámbito nacional, la evoluciónreciente del comercio electrónico seresume a partir de la información publicada por el Observatorio Nacional delas Telecomunicaciones y la Sociedad dela Información (ONTSI) y la ComisiónNacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). El capítulo se complementa con una estimación de la cifra denegocios del comercio electrónico deempresa a consumidor (B2C) en Canarias, realizada con la metodología delONTSI.El informe también presenta los principales resultados sobre el uso del comercio electrónico en Canarias y Españaen los ámbitos de hogares y empresas,extraídos de las encuestas sobre uso delas TIC y sobre presupuestos familiares del Instituto Nacional de Estadística(INE). Los datos de las empresas consede en las Islas Canarias que realizancompras y ventas a través de comercioelectrónico han sido obtenidos del INEpor el OCTSI expresamente para la elaboración del presente informe.Los datos de la UE se han obtenido deEurostat. La publicación del presenteinforme se ha retrasado para incluir losdatos de la UE correspondientes al año2019, publicados en enero de 2020.

8 · Informe sobre el comercio electrónico en canarias 2018En lo que respecta al uso del comercioelectrónico por particulares, se analizancaracterísticas como la frecuencia decompra, los productos y servicios adquiridos, y el perfil demográfico y socioeconómico del comprador habitual, entreotras.El informe se cierra con un cuadro demando que recoge una selección deindicadores sobre comercio electrónico ysus valores más recientes para Canarias,España y la Unión Europea.

Resumen ejecutivo · 9II. RESUMENEJECUTIVOEn 2018, el comercio electrónico deempresa a consumidor (B2C) ha continuado creciendo en Canarias, y su facturación se estima en 1.608 millones deeuros, un 3,49% del PIB regional.El número de internautas canarios querealizan al menos una compra por internet al año ha crecido un 18% situándose en 837.000 personas, un 48% dela población entre 16 y 74 años. En elámbito nacional, esta cifra se sitúa en el58% de la población, tras crecer un 9%en el último año.Analizando el origen de los vendedores,en el Archipiélago se observa –respectoa la media nacional– una mayor preferencia por la compra en el extranjero endetrimento de los vendedores nacionales.Observando los productos y serviciosadquiridos por los particulares a travésde internet, y en comparación con lamedia nacional, en el Archipiélago secompran menos medicamentos, equipamiento informático, bienes para elhogar, equipamiento electrónico, ymaterial deportivo y ropa –todos físicos–. Por otra parte, el uso del comercioelectrónico es mayor en la adquisiciónde servicios para viajes, material formativo en línea y alojamiento de vacaciones.Respecto al año anterior, crece la compra de productos de alimentación y dealojamiento de vacaciones, y se reducela de equipamiento informático y software.En el ámbito empresarial, en Canariasun 21,3% de las empresas de diez omás empleados compró por internet en2018, frente al 33,9% de media nacional. En Canarias se registra un nivel de

10 · Informe sobre el comercio electrónico en canarias 2018uso similar del comercio electrónico parala realización de ventas (21%), ligeramente por encima de la media nacional(20,4%).En lo que respecta a las empresas demenos de diez empleados, realiza compras un 12,5% (5,7% de media nacional) mientras que realiza ventas un 4%(5,8% de media nacional).

Evolución del comercio electrónico · 11III. EVOLUCIÓNDEL COMERCIOELECTRÓNICOLas empresas operan en un entornocada vez más globalizado donde sucapacidad para competir depende delacceso a las nuevas tecnologías, delacceso a los datos, de su capacidad paraoperar internacionalmente o más alláde su ámbito geográfico de influenciay de su habilidad para adaptarse a lasdemandas de los clientes.En cuanto a los consumidores, éstosmuestran preferencia por los mercados electrónicos y entre sus principalesdemandas se encuentran la transparencia en precios, el control sobre el procesode entrega, una política de devolucionesclara y recompensas por lealtad, comola obtención de envíos gratis y descuentos en compras. También se detecta unaresistencia a pagar por los envíos y larealización de acciones para evitarloscomo escoger plazos de envío mayores (a pesar de haber preferencia porla entrega al día siguiente), añadir másartículos al carrito o buscar códigos promocionales.1Según la estimación de EcommerceEurope, el comercio electrónico deempresa a consumidor alcanzará en2019 la cifra de dos billones de dólaresen todo el mundo, tras mantener uncrecimiento cercano al 11%. El 44% delcomercio se concentra en Asia y Oceanía, el 26% se sitúa en Norteamérica yel 22% en Europa.China es el primer mercado mundial decomercio electrónico con unas ventasanuales de 672.000 millones de dólares,más que EEUU y Reino Unido juntos(segundo y tercero).1 UPS, “Pulse of the Online Shopper”, 2019

12 · Informe sobre el comercio electrónico en canarias 2018En Europa, según Ecommerce Europe elvolumen de negocio del comercio electrónico creció un 12% en 2018 hasta los547.000 millones de euros, y se prevéque alcance los 621.000 millones deeuros en 2019 tras crecer un 14%.En España, según el ONTSI, el comercioelectrónico de empresa a consumidorcontinúa creciendo a un ritmo elevado.El volumen de negocio alcanza en 2018los 41.509 millones de euros, con unincremento interanual del 32,4%.Los principales países por facturaciónson Reino Unido con 177.700 millonesde euros, Francia con 93.200, Alemania con 93.000, Rusia con 31.700 y enquinto lugar España con 28.000.1. MEDIDAS PARA FAVORECEREL COMERCIO ELECTRÓNICOEl país con la tasa más alta de compradores en línea en 2018 es Suiza (88%),seguida del Reino Unido (87%) y Dinamarca (86%). Entre las principales tendencias se encuentran la utilizacióncreciente del móvil y las compras transfronterizas.El 56% de las ventas transfronterizasque se hacen dentro de Europa se realiza a través de mercados electrónicos;de éstas el 25% es a través de Amazon,el 14% de Aliexpress y el 8% de eBay.Por países, China figura en primer lugarcon el 38% de las compras, seguida porlos EEUU (15%), Reino Unido (10%) yAlemania (9%).En casi todos los países de Europa, Chinaes el país preferido para los compradoresen línea a la hora de realizar sus comprastransfronterizas: Hungría (61%), Letonia (56%), Reino Unido (50%), Portugal (45%), España (43%).2A medida que se acelera la transformacióndigital, el comercio electrónico avanza ysurgen nuevas oportunidades para impulsar el crecimiento económico y el bienestar de la población. Según la OCDE3,en esta evolución algunas brechas comolas de género y entre el entorno rural y elurbano se están reduciendo, sin embargoentre 2009 y 2018 otras como las relacionadas con la edad, la educación y losingresos se han incrementado.La creciente disponibilidad del teléfonomóvil y la reducción del precio del accesoa internet no han podido salvar dificultades como la falta de conocimientos, ladesconfianza por motivos de seguridady la falta de acceso a medios de pago.2 International Post Corporation (IPC), Cross-border E-commerce Shopper Survey.3 OCDE,“Unpacking E-commerce. BusinessModels, Trends and Policies”, junio de 2019.

Evolución del comercio electrónico · 13La solución no es sencilla pues el comercio electrónico está condicionado por unamplio rango de normativas que además en muchos casos requieren de unamplio consenso internacional: Protección de los consumidores: máscomplicada al tener que asimilar las distintas normativas nacionales. Impuestos: los servicios digitales desafían las reglas convencionales de localización de los beneficios y también hayproblemas con las transacciones entrezonas impositivas distintas. Competencia: agravada por los diferentes actores implicados y el papel delos algoritmos. Comercio: la digitalización ha difuminado la clásica separación entre productos y servicios afectando al comerciointernacional.Además, las novedades tecnológicas y lainnovación en los modelos de negociocambian continuamente el panoramadel comercio electrónico, desafiando lasnormas que lo regulan.A estos aspectos apuntados por la OCDEhabría que añadir el funcionamiento delos servicios de entrega de paquetes,ámbito en el que según EcommerceEurope las decisiones tomadas por lasautoridades postales han beneficiadoa los comerciantes externos a la UniónEuropea (UE), además de favorecer laentrada de productos falsificados y elfraude en el IVA.En el ámbito europeo, según dicha asociación se requiere de iniciativa para laconstrucción de un mercado lo másarmonizado y compacto posible, especialmente si no se quiere que la UE quederezagada respecto a otros mercados másinnovadores y dinámicos como el asiático y el norteamericano. Otra reivindicación es la capacitación de las empresasmediante la inversión en tecnología y laformación digital de los trabajadores.La solución debe venir de una visión deconjunto que incluya la colaboraciónentre distintos ámbitos políticos y sectoriales, y que incorpore al mayor númerode países posible.Precisamente, en enero de 2019 la UEy otros 48 miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) hancomenzado a negociar normas mundiales en materia de comercio electrónico. Elobjetivo es acordar un marco jurídico queproporcione a empresas y consumidoresun entorno previsible, eficaz y seguropara comprar, vender y hacer negocios.Según la Comisión Europea (CE),durante los últimos veinticinco años elmercado único ha hecho de Europa unode los lugares más atractivos para vivir y

14 · Informe sobre el comercio electrónico en canarias 2018hacer negocios, y sus cuatro libertadesindivisibles (la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales)han contribuido a mejorar la prosperidad de los ciudadanos y reforzar la competitividad de la UE.Con el fin de aprovechar todo su potencial en la era digital y garantizar el crecimiento sostenible de la economíaeuropea, el mercado único debe funcionar correctamente y evolucionar demanera constante en un mundo quecambia a gran velocidad. Para consolidar y reforzar el mercado único la CEincide en la necesidad de una mayorceleridad para adoptar las propuestaslegislativas planteadas y para ponerlasen práctica, además de continuar conla integración económica en los ámbitosde los servicios, productos, impuestos ylas industrias en red.Para el periodo 2021-2027 la CE ha propuesto un nuevo programa de mercadoúnico de 4.000 millones de euros especialmente dedicado a proteger a los consumidores y permitir que las numerosaspymes europeas aprovechen plenamente un mercado único que funcioneadecuadamente.Las medidas relacionadas con el comercio electrónico que se han tomadorecientemente en la UE, y que se resumen a continuación, tienen el siguientecalendario de implantación: Enero de 2018: aplicación de laDirectiva revisada de servicios depago. Mayo de 2018: aplicación del Reglamento de servicios de entrega transfronteriza de paquetes. Diciembre de 2018: aplicación delReglamento de bloqueo geográficoy del Reglamento revisado de pagostransfronterizos. Enero de 2019: entrada en vigor de lasmedidas de simplificación del IVA paralas ventas de servicios electrónicos dentro de la UE. Primer semestre de 2019: primerarecopilación de datos sobre proveedoresde servicios de entrega transfronterizade paquetes. Marzo de 2019: primera publicaciónde tarifas de servicios de entrega transfronteriza de paquetes. Julio de 2019: primera evaluación dela accesibilidad de los servicios de entregas transfronterizas de paquetes. Enero de 2020: aplicación del Reglamento de cooperación para la protección de los consumidores. Julio de 2020: aplicación del Reglamento sobre las plataformas en línea.

Evolución del comercio electrónico · 15 Enero de 2021: ampliación del ámbitode aplicación de la ventanilla única delIVA, eliminación de la excepción delIVA para compras de bajo valor, necesidad de informar de forma adelantadasobre todos los envíos desde fuera de laUE, introducción de una declaración deaduana completamente electrónica, ydisposiciones para la cooperación administrativa. Enero de 2022: aplicación de la Directiva sobre venta a distancia de productos y de la Directiva sobre la provisión deservicios y contenidos digitales.PROTECCIÓN DE LOSCONSUMIDORESEn febrero de 2019, la CE publicó losresultados de un examen pormenorizado realizado en 560 sitios de comercioelectrónico que ofrecen una gran variedad de productos, servicios y contenidodigital en la UE.4Cerca del 60% de estos sitios web presentaban irregularidades en relación conla normativa en materia de protección delos consumidores de la UE, sobre todo encuanto a la forma en que se presentanlos precios y las ofertas. Por ejemplo: El 59% de los sitios no ofrecen unacceso a la plataforma de resolución delitigios en línea. El 30% de los sitios tienen irregularidades en la presentación de lainformación sobre el derecho al desistimiento. En el 31% de los sitios que ofrecíandescuentos las ofertas no eran auténticas o estaban mal calculadas.En enero de 2020 se comenzará a aplicar el Reglamento de cooperación parala protección de los consumidores acordado en enero de 2018. La norma pretende asegurar el cumplimiento de lasprincipales reglas de protección de losconsumidores en el comercio internacional dentro de la UE.En junio de 2019 se han aprobado dosimportantes Directivas en el ámbito dela protección de los consumidores, unasobre compraventa de productos y otrasobre suministro de contenidos y servicios digitales.La Directiva sobre las ventas a distanciade productos5, que debe ser traspuesta4 Online shopping: Commission and consumerprotection authorities call for clear information onprices and discounts.5 Directiva (UE) 2019/771 del Parlamento Euro-peo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos de los contratos decompraventa de bienes, por la que se modificanel Reglamento (CE) n. 2017/2394 y la Directiva2009/22/CE y se deroga la Directiva 1999/44/CE.

16 · Informe sobre el comercio electrónico en canarias 2018a las normativas nacionales antes dejulio de 2021 para su aplicación a partirde enero de 2022, pretende proteger alos consumidores en las adquisicionesde productos a través de internet, incluyendo los que incorporan elementosdigitales.La norma establece que el vendedorserá responsable por cualquier falta deconformidad que exista en el momentode la entrega del bien y se manifiesteen el plazo de dos años, pudiendo losEstados miembros ampliar este plazo.La carga de la prueba en caso de faltade conformidad recae en el vendedordurante el primer año; y los Estadosmiembros pueden ampliar este plazo ados años.La capacidad de los países de la UEpara ampliar los plazos relacionadoscon la garantía ha sido criticada porEcommerce Europe por ir contra laarmonización y la simplificación delmercado.Con ciertas restricciones, los consumidores podrán elegir entre una reparación o la sustitución del producto, traslo cual podrían solicitar una reduccióndel precio o la finalización del contrato,salvo en casos de falta de conformidadgrave que lo justifique.También en junio entró en vigor laDirectiva sobre la provisión de serviciosy contenidos digitales6, que debe sertraspuesta a las normativas nacionalesantes de julio de 2021 para su aplicacióna partir de enero de 2022, y que introduce un elevado nivel de protecciónpara los consumidores que paguen porun servicio, pero también para aquellosque faciliten datos a cambio de dichoservicio.Nuevamente, la duración de la garantíalegal no se armonizará completamente,pero las normativas nacionales no debenlimitarla a menos de dos años y a laduración del contrato en caso de suministro continuo.Por otra parte, al igual que en la ventaa distancia de productos, la carga de laprueba en caso de falta de conformidadrecae en el vendedor durante el primeraño, y en caso de suministro continuodurante la duración del contrato.Por otra parte, los proveedores debenproporcionar actualizaciones durante unplazo de tiempo razonable, y durante laduración del contrato en caso de suministro continuo.También resulta de interés el Reglamento sobre la vigilancia del mercado6 Directiva (UE) 2019/770 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos de los contratos desuministro de contenidos y servicios digitales.

Evolución del comercio electrónico · 17y la conformidad de los productos7,que fue aprobado en julio y que seráde aplicación a partir del 16 de julio de2021, salvo algunas disposiciones quelo harán en enero de 2021.Finalmente, en noviembre de 2019el Consejo adoptó una Directiva 8que moderniza y facilita la aplicaciónde derechos de los consumidores.Entre las medidas se destacan lassiguientes: Información clara en caso de reducción de precios. Mayor armonización y racionalización de criterios para imponer sanciones. Derecho a medidas correctivas individuales para consumidores afectados porprácticas desleales. Mayor transparencia en cuanto areseñas de productos, precios personalizados basados en algoritmos y promoción (retribuida) de productos. Identificación clara del vendedor enlas plataformas electrónicas. Protección de los consumidores enservicios sin pago con cesión de datospersonales.REGULACIÓN DE LAS PLATAFORMASELECTRÓNICASLos distintos intermediarios jueganun papel importantísimo en la economía digital. Según el Consejo de la UE,más de un millón de empresas de la UEemplean las plataformas electrónicaspara comercializar su oferta, y se estimaque un 60% del consumo privado y un30% del consumo público en la economía digital se realizan a través de intermediarios en línea.En junio de 2019 se aprobó el nuevoReglamento sobre las plataformas enlínea9, que deberá ser implantado porlos Estados miembros en sus respectivasnormativas nacionales en un plazo dedoce meses.7 Reglamento (UE) 2019/1020 del ParlamentoEuropeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019,relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos y por el que se modifican laDirectiva 2004/42/CE y los Reglamentos (CE) n. 765/2008 y (UE) n. 305/2011.8 Directiva (UE) 2019/2161 del Parlamento Euro-peo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019por la que se modifica la Directiva 93/13/CEE delConsejo y las Directivas 98/6/CE, 2005/29/CE y2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que atañe a la mejora de la aplicación yla modernización de las normas de protección delos consumidores de la Unión.9 Reglamento (UE) 2019/1150 del ParlamentoEuropeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019,sobre el fomento de la equidad y la transparencia para los usuarios profesionales de servicios deintermediación en línea.

18 · Informe sobre el comercio electrónico en canarias 2018La norma tiene como objetivo establecer un entorno justo y fiable para lasempresas en la utilización de los mercados electrónicos, las tiendas de aplicaciones, las redes sociales, los buscadoresy las herramientas de comparación.La norma se aplica a los servicios de intermediación en línea ofrecidos a empresassituadas en la UE y a usuarios de sussitios web, y que mediante dichos servicios de intermediación ofrezcan servicioso productos a consumidores de la UE.Los proveedores de los servicios de intermediación deberán implantar medidaspara asegurar la transparencia y un tratojusto en sus relaciones contractuales conlas empresas, como por ejemplo ofrecerclaridad en los términos y condiciones,disponer de un procedimiento internode reclamaciones, ofrecer la mediaciónpara la resolución de conflictos o argumentar las modificaciones de contratos.También se ha creado un observatoriode las plataformas en línea, grupo deexpertos que además de asesorar a laCE debe supervisar la aplicación de lasnormas (a los 18 meses de su entrada envigor y posteriormente cada tres años) yla evolución del mercado.En julio de 2018 la Red de Cooperaciónpara la Protección de los Consumidores llevó a cabo una evaluación de lasprácticas y condiciones de servicio deAirbnb, que dio lugar a una petición dela CE para adaptarlas a las normas dela UE en materia de protección de losconsumidores.Un año más tarde, se anunciaba quela plataforma había dado respuesta atodas las peticiones: Visualización del precio total en laspáginas de resultados de búsqueda. Información sobre si el anfitrión es unparticular o una empresa. Acceso a la plataforma de resoluciónde litigios en línea. Modificación de ciertas condicionesde servicio.SERVICIOS DE PAGOEn enero de 2018 entró en vigor lanueva Directiva de servicios de pago(DSP2)10, que pretende introducir nuevos servicios, abrir la competencia anuevos proveedores y mejorar la protec-10 Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Euro-peo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015sobre servicios de pago en el mercado interior.Transpuesta al ordenamiento jurídico españolmediante el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 denoviembre, de servicios de pago y otras medidasurgentes en materia financiera.

Evolución del comercio electrónico · 19ción de los consumidores en las comprasa través de internet.La nueva norma introduce el conceptode banca abierta, que obliga a las entidades financieras a abrir sus sistemas aterceras partes. Aparece así la figura delagregador financiero, que con los datosque hasta ahora estaban en los bancospresta servicios de valor añadido. Otranovedad es que los bancos ya no sonintermediarios necesarios en los pagos,y por ejemplo las transacciones puedenser iniciadas por los comercios.En principio los aspectos técnicos relacionados con el acceso de los proveedores de servicios de pago a las cuentasbancarias iban a entrar en vigor enseptiembre de 2019; sin embargo, lasdificultades en la implantación de lasmedidas de autenticación reforzada delcliente por parte de muchos operadoresde comercio electrónico han llevado a laAutoridad Bancaria Europea a estableceruna moratoria hasta el 31 de diciembrede 2020, con un calendario de acciones para que las autoridades nacionales supervisen la implantación final delsistema.La autenticación reforzada del clientepretende elevar la seguridad de los pagoselectrónicos para prevenir el fraude. Paraque una transacción sea segura se obligaa la identificación del pagador mediante almenos dos de los siguientes tres factores: Conocimiento: algo que el usuarioconozca, como una contraseña o uncódigo. Inherente: algo que el usuario sea,como una huella dactilar u otra característica física. Posesión: algo que el usuario posea,como un teléfono móvil, una tarjeta declaves o un código de un solo uso generado ex profeso.El estándar requiere que los factoresescogidos sean independientes y de doscategorías distintas. Entre las excepcionesfiguran las transacciones periódicas, las debajo valor, cuando el beneficiario ha sidocalificado como fiable y las transaccionesconsideradas con bajo riesgo de fraude.En diciembre de 2019 se ha aprobadoun Real Decreto11 que avanza en latransposición de la DSP2 en lo que respecta al régimen jurídico de las entidades de pago, el régimen específico delos nuevos proveedores y las competen-11 Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre,de régimen jurídico de los servicios de pago y delas entidades de pago y por el que se modifican elReal Decreto 778/2012, de 4 de mayo, de régimenjurídico de las entidades de dinero electrónico, yel Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por elque se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio,de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.

20 · Informe sobre el comercio electrónico en canarias 2018cias del Banco de España en materia deautorización y registro.ción del régimen sancionador que entróen vigor el 23 de noviembre de 2019.Además, se ha emitido una orden pararegular la transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago.12El Reglamento establece disposicionespara la supervisión de estos servicios, latransparencia en precios, la detección detarifas excesivamente elevadas y la información ofrecida a los consumidores. EnEspaña, la autoridad de reglamentacióna la que los operadores deben informares la Comisión Nacional de los Mercadosy la Competencia (CNMC).Por otra parte, en octubre de 2019 laAutoridad Bancaria Europea ha solicitado a la CE que se faciliten los serviciosbancarios y de pago transnacionales enla UE. Destaca dos desafíos importantes:la identificación de cuándo una actividaddigital se considera transnacional, y algunas áreas que no están completamentearmonizadas en la normativa, como porejemplo la protección de los consumidoresy el régimen de autorizaciones y licencias.En el ámbito de los pagos transfronterizos, en diciembre de 2019 ha entrado envigor el Reglamento13 que asegura que lospagos en euros en las compras transfronterizas en países de la UE que no pertenezcan a la zona euro serán tratados como sifueran transacciones nacionales. El objetivo es reducir las comisiones en beneficiode los consumidores y los comercios.REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS DEENTREGA DE PAQUETESEl 22 de mayo de 2018 entró en vigorel Reglamento sobre los servicios depaquetería transfronterizos14, a excep-Cada autoridad nacional está obligadaa comunicar a la CE las tarifas de losprestadores de servicios de paqueteríatransfronterizos para su publicación, y adeterminar las que consideran necesarioevaluar.12 Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre,sobre transparencia de las condiciones y requisitosde información aplicables a los servicios de pago ypor la que se modifica la Orden ECO/734/2004,de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor delcliente de las entidades financieras, y la OrdenEHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.13 Reglamento (UE) 2019/518 del ParlamentoEuropeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019,por el que se modifica el Reglamento (CE) n. 924/2009 en lo que respecta a determinadascomisiones cobradas por pagos transfronterizosen la Unión y a las comisiones por conversión dedivisas.14 Reglamento (UE) 2018/644 del ParlamentoEuropeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018,sobre los servicios de paquetería transfronterizos.

Evolución del comercio electrónico · 21La Comisión Europea hará una evaluación de la aplicación del Reglamento enmayo de 2020.GESTIÓN DEL IVAEn 2017 los países de la UE perdieron137.000 millones de euros en ingresosprocedentes del IVA. La cantidad que sedeja de recaudar ha disminuido en comparación con años anteriores, pero siguesiendo muy elevada.Según estimaciones de la CE, las ventasa través de internet en la UE asciendena 550.000 millones al año, de las que96.000 millones son trasfronterizas. Lasnormas previstas ayudarían a recaudar7.000 millones en IVA en toda la UE.En el año 2019 se han sustanciadovarios de los compromisos alcanzadosen diciembre de 2017 para simplificar laventa de productos a través de internet,especialmente por parte de las pymes,como son la simplificación de las reglasdel IVA para las pymes que venden aclientes de otros países de la UE, y quelos grandes mercados electrónicos seaseguren de que se aplica el IVA en lasventas de empresas de fuera de la UE aciudadanos comunitarios.En noviembre de 2019 el Consejo de laUE acordó de forma preliminar nuevasnormas para luchar contra el fraude delIVA en el comercio electrónico, reducirla burocracia para las pymes y simplificarlas normas en materia de impuestos.Las nuevas normas reforzarán la capacidad de los Estados miembros paraluchar contra el fraude del IVA en elcomercio electrónico al garantizar suacceso a los datos sobre el IVA q

12 i nfOrme sObre el COmerCiO eleCtróniCO en Canarias 2018 En Europa, según Ecommerce Europe el volumen de negocio del comercio elec-trónico creció un 12% en 2018 hasta los 547.000 millones de euros, y se prevé que alcance los 621.000 millones de euros en 2019 tras crecer un 14%. Los principales países por facturación

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